Ante excesivas denuncias Ryanair aceptará libro de familia como documento de identificación de menores

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(Aeronoticias).-Luego de varias denuncias por denegar el embarque a los menores de edad, sin DNI, la aerolínea de bajo coste Ryanair ha cedido y a partir de ahora, según han informado en fuentes de la compañía aérea irlandesa, aceptará el libro de familia como documento de indentificación válido en sus vuelos nacionales para los viajeros con menos de 14 años acompañados por sus familiares, tal y como  lo establece la normativa española.

La aerolínea en mención, que gracias a su política de precios bajos se ha posicionado como la primera del mercado español en número de pasajeros, se escudaba en que la normativa aérea de Irlanda, país donde está su sede y del que depende la licencia para operar, exige un documento de identificación con foto para permitir el embarque de los menores. Por este motivo, defendía a capa y espada que cumplía con la legislación y no estaba obligada a seguir la normativa española.

Argumentaba que una cláusula que el cliente estaba obligado a aceptar a la hora de adquirir el billete electrónico informaba de que los menores no podían viajar sin un documento de identificación con foto. El presidente de Ryanair, Michael O’Leary, defendía que no se planteaba cambiar de política: «Creemos que no pedir un documento con foto podría favorecer el tráfico de menores. No quiero ser irrespetuoso, pero en esos asuntos, tenemos el respaldo de las autoridades irlandesas”, afirmó.

Pese a ello, los tribunales españoles han ido dando la razón sucesivamente a los usuarios afectados por esta práctica. La última sentencia en llegar, además, vino de una instancia superior, la de la Audiencia Provincial de Barcelona. En ella, los jueces ratifican la decisión anterior de un juzgado de primera instancia que declaraba nula la cláusula de Ryanair  y se considera que no puede presentar un plan de seguridad que modifique la normativa española.

Por ello la norma europea para la seguridad de la aviación civil, el reglamento 300/2008, estableció unas normas comunes obligatorias para todo el espacio aéreo europeo, pero dejó a los Estados miembros la libertad de regular cómo se iba a aplicar dentro de su territorio.

Según el abogado Dan Miró, responsable de la web retrasos.net presentó la demanda contra Ryanair, la sentencia abre una vía para que todas las familias a las que se ha denegado el embarque por motivos de una identificación incorrecta de los menores de 14 años reclamen la devolución del dinero. Su asociación ha tramitado, continúa, unos 200 casos de estas carecterísticas. También asegura que la decisión del tribunal dota a las autoridades pertinentes de Fomento de los instrumentos necesarios para sancionar a Ryanair.

Por otro lado, la sentencia de la Audiencia Provincial se suma a la dictada el pasado mes de diciembre por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Barcelona contra la cláusula de Ryanair por la que cobra 40 euros a los pasajeros por imprimir la tarjeta de embarque en el aeropuerto.

ryanair

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