Broker peruano de reaseguro sorprendería a reasegurador de Corpac ‘Chartis AIG Europa’

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(Aeronoticias) Luego del acto de interferencia ilícita perpetrado contra la seguridad de la aviación civil ocurrido en el aeródromo María Reiche de Nazca, el 10 de julio del 2011, en el que secuestraron la aeronave Cessna gran Caravan matricula OBP1922, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones del Perú, abrió una investigación en complimiento a sus obligaciones internacionales de sancionar las infracciones aeronáuticas a las omisiones aeroportuarias en el secuestro de aeronaves, lo que llevaría en los próximos días a la junta de infracciones a sancionar al aeródromo María Reiche, explotado por Corpac se conoció que una conocida compañía de seguros local “Rímac”, asegurador de Corpac no habría precisado en su informe al reasegurador del siniestro Chartis AIG Europa que el programa de seguridad AVSEC, en el aeropuerto de Nazca aprobado por la DGAC peruana establece claramente que la oficial de seguridad aeroportuaria de Corpac “Durante el desarrollo del servicio en el puesto de inspección de acceso a las salas de espera no deberá permitir que los pasajeros transporten en las aeronaves armas de fuego, pistolas, revólveres, armas blancas, armas contundentes y armas de descarga eléctrica entre otros”.

Luego de la investigación administrativa realizada por la DGAC, se probó que los secuestradores de la aeronave Cessna gran Caravan de Aerodiana ingresaron un revolver a bordo con el que amenazaron al piloto y al copiloto, lo que prueba que se violó el programa de seguridad AVSEC I.E.S. 200 que norma las obligaciones del operador del aeródromo a través del oficial de seguridad aeroportuaria.

No se entiende cual es el razonamiento legal de Rímac de no informar debidamente al reasegurador Chartis AIG Europa de que su asegurado el operador del aeródromo de Nazca Corpac, no solo no contaba con pórticos detectores de metales sino que además permitió que los secuestradores ingresen armas, hecho que esta coberturado en la póliza de seguros cuyo riesgo cubre Chartis AIG, y que iría a un juicio con los gastos y honorarios de abogados que se hubieran podido evitar con buen informe jurídico que oriente a los reaseguradores a entender la correcta aplicación de la ley peruana y de los dispositivos internacionales que la inspiran en materia de actos de la responsabilidad de los explotadores de los aeródromos por el no cumplimiento  del anexo 17 al convenio de Chicago y el programa de seguridad AVSEC en este caso el aeródromo María Reiche de Nazca.

La junta de infracción de la dirección general de aeronáutica civil DGAC del MTC, luego de 22 meses de investigaciones culminó el procedimiento y se espera que en los próximos días sancione las omisiones aeroportuarias que originaron el secuestro aéreo y lo que no se entiende es que el Broker de reaseguro en Lima no haya informado esta situación al reasegurador Chartis AIG para que se evite un juicio que perderá de todas formas, no obstante que pueda haber una transacción con concesiones reciprocas entre ambos reaseguradores.

 

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