Caso Yangali Ipararraguirre genera desconfianza en sector laboral aeronáutico

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(Aeronoticias).- El polémico voto en disidencia del Juez Superior Gino Yangali Iparraguirre de la Sala Transitoria Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima, en el juicio laboral Ou Yan Vs COPA Airlines genera incertidumbre en el sector laboral aeronáutico expresó la Doctora Marlyn Flórez abogada y miembro de la  Comisión Consultiva de Derecho Aeronáutico del Colegio de Abogados de Lima (CAL).

El Perú no puede ser el único país del mundo que considere que un mecánico de una empresa de aviación que repare y arregle  en los vuelos de itinerario de dos por día y durante 14 años las aeronaves Boeing 737  sea un profesional independiente, la especialista dijo que cada vez que COPA Airlines registraba una falla, el mecánico de COPA Airlines fallecido Yuen Ou Yan Lee lo registraba en una bitácora, planteaba la solución y lo coordinaba con la gerencia de operaciones de Panama, en un tema muy elemental que en Derecho Aéreo está regulado en el artículo 73 de ley 27261 y en las Regulaciones aeronáuticas del Perú RAP.

Jurídicamente no se conoce que en ningún país se le otorgue fotocheck por parte del administrador de un aeropuerto a una persona ajena a la relación laboral aeronáutica como lo afirma el juez superior laboral Gino Yangali Iparraguirre en su voto en minoría en el que pretende se anule la sentencia que declara fundada la demanda del trabajador de COPA que le ordena a la empleadora a pagar los 32 sueldos del seguro de vida ley que durante 14 años incumpliendo leyes laborales del Perú contrató la empresa panameña.

Aeronoticias lamenta que este tipo de votos judiciales como el del juez laboral Gino Yangali Iparraguirre resquebrajen la seguridad jurídica  laboral aeronáutica de un país, que necesita que sus jueces conozcan derecho y especialmente el Derecho Aéreo y es por ello que exhortamos al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, Dr Héctor Lama More a que promueva un ciclo de seminarios para jueces sobre esta especialidad que bien podrían ser dictados por la Comisión de Derecho Aeronáutico del Colegio de Abogados de LIMA (CAL), el Instituto Peruano de Derecho Aéreo  (IPDA),  o la Comisión Interamericana de Juristas expertos en Derecho Aéreo y Espacial (CIJEDAE).

Mención aparte es el honor y la calidad jurisdiccional que ostentan el Presidente de la Sala Transitoria Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima, Dr Omar Toribio Toledo y del vocal Dr Guillermo Nue Bobbio, quienes con sus votos en mayoría mostraron la valía en este proceso de la doctrina judicial que respeta la verdad y la justicia en una relación jurídica aeronautica entre COPA  Airlines  y los herederos de su mecánico fallecido.

Felizmente el estudio de abogados  defensores de los herederos del trabajador de COPA Airlines es el estudio jurídico Palacin www.estudiojuridicopalacin.com, quien en el informe oral del lunes pasado desbarató uno a uno los débiles argumentos de los abogados laboralistas del estudio Pasco Cosmopolis que pretenden que en matería aeronáutica se creen  vía interpretación judicial «los mecánicos de aviación independientes, lo cual  simplemente son argumentos o creaciones de pruebas inexistentes que no van a tener eco en nuestra jurisprudencia, porque no están respaldadas por la ley y la justicia.

Se espera en este caso que el vocal laboral dirimente Doctor Ciro Fuentes Lobato haga justicia en los próximos días y se adhiera a los dos votos de los doctores Toribio y Nue por la confirmatoria de la sentencia que le ordena a COPA Airlines a pagar los 32 sueldos  a la viuda e hijos de su mecánico fallecido.

copa

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