Este aeropuerto turístico es explotado por CORPAC, a quien la DGAC del MTC le expidió la Resolución Directoral Nº 141-2010MTC del 30 de abril de 2010, y que autoriza el funcionamiento del aeródromo María Reiche de Nasca, precisando que la explotación, operación, equipamiento y conservación esta a cargo de esta empresa del Estado, sin embargo hasta la fecha la Dirección General de Aeronáutica Civil del Perú no ha señalado cuales fueron las omisiones que desencadenaron el nexo de causalidad para que narcoterroristas ingresen armas a bordo y secuestren esta aeronave.
Los aeropuertos son instalaciones riesgosas o peligrosas, es por ello que los explotadores de estas instalaciones, de acuerdo al mandato de la ley 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú tienen que contratar pólizas de seguros y reaseguros para responder por su responsabilidad en las acciones u omisiones que puedan desencadenar un secuestro aéreo.