Consejo de Etica del CAL vio en audiencia pública queja contra Víctor Girao Alatrista

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(Aeronoticias).- El Consejo de Etica del ilustre Colegio de Abogados de Lima que preside el Dr. Martín Cabrera Ramos e integran los doctores Jaime Rodolfo Lima Quedas, Víctor Daniel Perleche Roggero, Marco Tulio Correa Sánchez, José Enrique Bastante Reyes, vio en audiencia pública en el Auditorio José León Barandiarán del ilustre Colegio de Abogados de Lima la queja contra el abogado Víctor Octavio Girao Alatrista por haber presuntamente transgredido los artículos 1, 2, 3, 5, 6 y 28 del Código de Etica Profesional de los Colegios de Abogados del Perú y el Art. 50º del Estatuto en relación a la queja que le interpusiera la señora July García Paredes madre de la manicuristas asesinada Juliana Villacorta García de 23 años.
 
Abrió la sesión el Vicedecano del CAL, Dr. Alberto Vásquez Rios quien dio una clase magistral sobre la ética profesional, posteriormente el director de Etica Profesional del CAL y  presidente del Consejo de Etica, Martin Cabrera Ramos, abrió la sesión de la causa 094-2008, expresando la importancia que tiene la ética en la vida del Colegio de Abogados de Lima.
 

Consejo de Etica del CAL vio en audiencia pública queja contra Víctor Girao Alatrista
 
En la audiencia, los abogados de la defensa de la Sra. July García Paredes fueron el Dr. Julián Palacin Fernández y la Dra. Angelica Sayan quienes solicitaron que al abogado quejado se le imponga la más severa sanción, ya que el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados de Lima en su Resolución del 20 de mayo de 2009, había expresado que había quedado probada la conducta impropia del abogado quejado al haber hecho declaraciones públicas en relación a las víctimas del homicidio sin más prueba que la información recibida del asesino, lo que a juicio de este órgano colegiado, afectó el honor y reputación de la víctima, lo que permitiría al Consejo de Etica aplicar una sanción severa en este extremo.
 
El Abogado quejado se defendió diciendo que los videos de la TV estaban editados y que él no siendo penalista asumió esta defensa porque le parecia un caso fácil y dijo que su cliente le había mentido, no contestó las razones por las cuales dijo a la opinión pública que el Tribunal de Honor lo había exonerado de responsabilidad, ensayó una teoria de la venganza sin ningún sustento e involucró al Dr. Polo Odar quien habíendose desempeñado como abogado de la Sra. July Garcia Paredes 6 meses después se presenta como abogado defensor de Victor Girao en esta causa sin tener en cuenta que el Código de Etica Profesional de los Colegios de Abogados de Lima sanciona las conductas de aquellos letrados que defendiendo a un parte, luego terminan siendo abogados de la otra parte.
 
La Sra. July García Paredes expresó a Aeronoticias que ella publicó en fotocopias un libro artesanal 2 meses antes de haber recurrido a los servicios profesionales del Dr. Julián Palacin Fernández y dijo que el Dr. Polo Odar se le acercó para defenderla, pero le perdió la confianza y por eso se la quitó, además que un abogado que viola el secreto profesional si fuera el caso dijo July Garcia viola la ética y la carta de Polo Odar en este expediente es una prueba  de cómo, este abogado violó la ética profesional en agravio de su ex clienta, sostuvo. 
 
La causa está al voto del Consejo de Etica del Colegio de Abogados de Lima quien de conformidad a lo resuelto por el Tribunal de Honor ya tendría el fundamento jurídico para aplicar una sanción grave contra el abogado quejado, quien inclusive en el mes de julio de 2009 salió en el diario la República y la revista Gente a declarar que el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados de Lima “lo había exonerado de toda responsabilidad” lo cual a criterio de especialistas consultados es una nueva trasgresión al Código de  Etica de los Colegios de Abogados del Perú, ya que un abogado no puede mediáticamente mentir ante los medios de comunicación agraviando al Tribunal de Honor integrado por los ex decanos del Colegio de Abogados de Lima.

Aeronoticias considera que el abogado debe tener presente que es un servidor de la justicia y un colaborador de su administración, debe obrar con honradez y buena fe y no debe aconsejar actos fraudulentos e inclusive el abogado debe adelantarse a reconocer la responsabilidad que resulte por su negligencia, error inexcusable o dolo, en este caso el asesino confeso Randy Gómez con un buen asesoramiento de un experto en derecho penal hubiera confesado su crimen y hubiera recibido 8 años de prisión, sin embargo con la estrategia mediática en el programa Día D de Nicolás Lúcar en donde se difamó a la joven asesinada como prostituta y el hecho de haber colocado su cadáver en un barril y la huida con documentos falsos de Randy Gómez al Ecuador agravó el delito y hoy le han impuesto 25 años de cárcel, lo cual prueba que no tuvo un buen asesoramiento legal.

 

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