CONVENIO AEREO ENTRE PERU Y CHINA SUSCRITO EL A

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La Comisión de Relaciones Exteriores citará para la próxima semana al Canciller José Antonio García Belaunde y a la ministra de Transportes y Comunicaciones, Verónica Zavala, para que informen sobre los pormenores del Convenio de Transporte Aéreo Civil suscrito por el Perú con la República Popular China en marzo del año 2000.

El Convenio tiene como finalidad crear un régimen de concesión de derechos entre ambos países para permitir el establecimiento y operación de servicios aéreos a las aerolíneas designadas por Perú y China.

 
 

 

Acuerdo no fue ratificado por el Parlamento nacional

La decisión fue adoptada en la sesión de La Comisión de Relaciones Exteriores tras darse a conocer que este acuerdo no fue ratificado por el Congreso de la República en su momento y que el respectivo Memorándum de Entendimiento fue suscrito por el embajador de nuestro país en China, Luis Chang (en diciembre de 2005), sin tener los poderes que le otorga el Ministerio de Relaciones Exteriores para hacerlo.

Tratado contraviene disposiciones sobre soberanía y dominio aéreo peruano

Al ponerse el tema como último punto de la agenda de la Comisión, el congresista Alejandro Aguinaga (GPF) llamó la atención sobre el Tratado porque, dijo, contravenía las disposiciones sobre soberanía y dominio aéreo del Estado peruano.

Afirmó que una resolución legislativa no podía aprobar un convenio y pidió que se conozca el texto del Memorándum de Entendimiento y las adendas.

Aunque no se cumplió con la aprobación el acuerdo es vinculante
En la exposición sobre los términos del Convenio, el presidente de la comisión, Santiago Fujimori (GPF), señaló que aunque internamente el Perú no cumplió con la aprobación previa del Congreso –como manda la Constitución Política- no significa que este acuerdo no sea vinculante.
“Ratificación imperfecta”
A esta situación de inconstitucionalidad formal de los tratados se le conoce “ratificación imperfecta”, y es necesaria la aprobación del Congreso de una Resolución Legislativa para subsanar dicha ratificación.

A la sesión asistió el Director General de Tratados Internacionales de la Cancillería, embajador Eugenio Mauri, quien explicó a los congresistas que según el Tratado de Viena no se puede argüir motivos internos para desconocer un tratado y que denunciarlo implicaría un retraso o una renegociación.

 
 
Ministerio de Relaciones Exteriores “no tenía archivado” el Memorándum de Entendimiento
Dijo que el Ministerio de Relaciones Exteriores “no tenía archivado” el citado memorándum y que jurídicamente “no ha nacido”, es inexistente. Señaló que solo el Presidente de la República y el Ministro del sector tienen autoridad para firmar un Tratado.

El embajador Chang, como representante del MTC, firmó el documento, pero con el tiempo ha devenido en inaplicable.

A su vez, Fujimori dijo que en tanto no se subsane el error, el Convenio seguirá “tenido por imperfecto el acto de ratificación”. Tampoco se puede invocar su nulidad o retirarse del mismo o suspenderlo.

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