Destacan flexibilización de convenio aéreo España-República Dominicana

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(Aeronoticias) El presidente de la Comisión Interamericana de Juristas Expertos en Derecho Aéreo y Espacial CIJEDAE, Julian Palacín Fernández, quien fuera asesor del Senado de República Dominicana en la década de los 90 en el proyecto de política de Cielos Abiertos para este país y quien en su momento fue nombrado por el presidente Joaquín Balaguer como representante de Dominicana de Aviación en el Perú, expresó que es positivo que el Consejo de Ministros del gobierno español haya autorizado hace unos días la firma de un nuevo acuerdo entre España y la República Dominicana sobre transporte aéreo, que sustituye al anterior de 1968, y que recogen unos principios «muy flexibles» en cuanto a las operaciones que se pueden realizar entre ambos países.

Destacan flexibilización de convenio aéreo España-República Dominicana

La flexibilización, dijo el especialista es siempre otorgamiento de segmentos de quinta libertad para que las líneas aéreas designadas por España puedan embarcar turistas en cualquier país de Europa y vía Madrid llevarlos a la paradisiaca isla caribeña de República Dominicana.
Al tratarse de un acuerdo de competencia mixta entre España y la Unión Europea, este acuerdo debe insertarse en la relación bilateral entre España y República Dominicana, y adecuarse a la normativa comunitaria al incluir en su articulado los principios y cláusulas estándares establecidos y exigidos por la UE, dijo Julian Palacín Fernández.

Cabe destacar, que para la conclusión del convenio aéreo se han cumplido todos los preceptos del reglamento comunitario sobre la negociación y aplicación de acuerdos de servicios de transporte aéreo entre Estados miembros y países terceros.
Asimismo, este convenio aéreo sigue la fórmula tipo habitual y recoge en su articulado las cláusulas administrativas que recomienda la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) a los Estados miembros de este organismo internacional de Naciones Unidas para la aviación civil que tiene su sede en Montreal Canadá.

Este nuevo acuerdo supone un «gran avance» con respecto al acuerdo anterior, en razón que en la década del 60 existía una visión aeropolítica proteccionista, hoy con el neoliberalismo y la expansión de los mercados para desarrollar el turismo, se tienen que tener en cuenta muchos factores adicionales, además además de la inclusión de las mencionadas cláusulas comunitarias, se recogen unos principios «muy flexibles» en cuanto al régimen de operaciones que se pueden realizar entre España y la República Dominicana y que permiten 20 frecuencias semanales.

El nuevo marco establecido faculta a las empresas aéreas designadas por uno y otro país a que los servicios se puedan llevar a cabo bajo la modalidad de código compartido, incluidos terceros países, lo que es muy importante para los convenios de colaboración interempresaria que se podrían realizar para aumentar el tráfico aéreo entre ambos países.

El convenio aéreo permite una serie de facilidades operativas tales como servicios exclusivos de carga en régimen de tercera, cuarta y quinta libertad sin restricción de rutas, frecuencias, capacidad y/o tipo de aeronave y vuelos no regulares, con «un tratamiento flexible y favorable» de conformidad con la legislación de cada país, lo que a criterio del presidente de la CIJEDAE podría ser considerado como un convenio de cielos abiertos, lo cual es muy positivo para la libre competencia, las tarifas aéreas competitivas y el aumento del turismo hacia República Dominicana.

Se establecen 20 frecuencias semanales de pasajeros, correo y carga con derechos de tráfico de quinta libertad en doce puntos a elegir libremente por cada país.

El cuadro de rutas es «totalmente abierto y flexible», y permite a las empresas aéreas designadas de ambas partes seleccionar libremente los puntos situados en el territorio del otro país, así como los puntos intermedios y los puntos más allá, lo que a criterio de Julian Palacín Fernández es un convenio prácticamente de cielos abiertos que hay que apoyar.

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