Destacan importancia del Convenio de Montreal de 1999

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(Aeronoticias).- El Convenio para la Unificación de Ciertas Reglas para el transporte aéreo internacional de Montreal de 1999 fue destacado por el presidente de la Comisión Interamericana de Juristas Expertos en Derecho Aéreo y Espacial, al respecto el especialista dijo que «este instrumento internacional que moderniza y refunde el sistema de Varsovia establece en el Art. 17 la Responsabilidad del Transportista por muerte y lesiones a los pasajeros, así como el daño causado por la pérdida o avería del equipaje facturado, estableciéndose en el Art. 21 una responsabilidad objetiva por 100 mil Derechos Especiales de Giro DEG, aproximadamente 150 mil dólares, de que los herederos de las víctimas de un accidente de aviación pretendan una suma mayor deberán probar la negligencia del transportista.
 
Destacan importancia del Convenio de Montreal de 1999
Al respecto dijo que “el Art. 21 señala que respecto al daño previsto en el párrafo 1 del Art. 17, muerte o lesión corporal que no exceda los 100 mil DEG por pasajero será la indemnización en caso de muerte o lesiones” y las líneas aéreas en el supuesto de que no exista negligencia podrán ampararse en este límite.  Si prueban la culpa podrán exigir montos mayores.
Aeronoticias considera importante la difusión del Convenio de Montreal de 1999 que moderniza el sistema de Varsovia estableciendo límites indemnizatorios entre 150 a 600 mil aproximadamente por la muerte de un pasajero.
 
Para ver el convenio de Montreal haga clic en el siguiente enlace: http://www.aedave.es/publico/info-legislacion/responsab_cia_aer/montreal_1999.shtm

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