DGAC del Perú no sanciona a los responsables de la violación de la seguridad en el aeródromo de Nasca

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(Aeronoticias).- La desaparición de la aeronave Cessna Gran Caravan 208B, matrícula OB1922P de la línea aérea turística Aerodiana fue declarada por parte de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Perú, a través de la Resolución Directoral 280-2010-MTC/12, en un hecho que se tipifica como un delito contra el derecho internacional secuestro aéreo ocurrido el 10 de junio de 2010, en donde delincuentes terroristas o narcotraficantes burlaron los controles de seguridad en el aeródromo de Nasca, apoderándose ilícitamente de esta aeronave y poniendo en peligro la seguridad de la aviación civil.
aerodiana

El Reglamento de Infracciones y Sanciones Aeronáuticas del Perú aprobado a través de las Resoluciones Ministeriales 004-97 y 291-97MTC obligan a la Junta de Infracciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil a realizar una investigación para determinar las infracciones a la seguridad de aeropuertos, que originaron el apoderamiento ilícito de esta aeronave.
Al respecto, mediante Resolución Directoral Nº 141-2010-MTC/12 se autorizó el funcionamiento del Aeródromo de Nasca, y mediante Oficio 475-2010-MTC la DGAC dispone funciones de temas de seguridad relacionadas al funcionamiento del aeródromo a la Municipalidad de Vista Alegre y el 07 de mayo de 2010, la DGAC emite el Oficio 476-2010-MTC a CORPAC sobre temas de seguridad relacionadas al funcionamiento del aeródromo.
La aeronave es secuestrada el 10 de junio de 2010, y la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial CORPAC tenía a su cargo la seguridad aeroportuaria en puestos de embarque con 6 personas, su función era identificar al pasajero (contrastar su tarjeta de embarque con su documento de identidad) y la revisión al pasajero y a sus pertenencias antes de embarcar apoyándose en equipo de detección de metales (Garret). Si bien se tiene conocimiento que el personal de CORPAC retuvo «un corta uñas y una cinta de naylon entrelazada», lo cierto es que el apoderamiento ilícito del Cessna Gran Caravan se habría perpetrado con armas, lo que probaría que CORPAC no habría cumplido con los procedimientos establecidos en materia de seguridad en el ámbito aeroportuario.
El hecho se agrava porque hace unos días ha ocurrido un accidente aéreo en Nasca y el Perú viene siendo cuestionado en materia de aeronáutica civil, por lo que, es importante que la Junta de Infracciones y Sanciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Perú cumpla con su obligación legal de iniciar el procedimiento administrativo sancionador contra los que resulten responsables por haber permitido que delincuentes burlen los controles de seguridad del aeródromo de Nasca, e ingresen armas a bordo de la aeronave secuestrada y hoy desparecida.
La responsabilidad de los explotadores de aeródromos públicos en materia de seguridad no puede ser soslayada, menos por la propia autoridad de aeronáutica civil del Perú que a casi 4 meses del secuestro aéreo no ha iniciado un procedimiento sancionatorio por la violación a la Ley de Aeronáutica Civil 27261, su Reglamento, sus Anexos y las Regulaciones Aeronáuticas del Perú en esta flagrante violación a la seguridad del Aeródromo de Nasca.

Aeronoticias considera que la Dirección General de Aeronáutica Civil del Perú tiene la responsabilidad de someter a la Junta de Infracciones y Sanciones Aeronáuticas a los responsables de la violación a la seguridad del Aeropuerto de Nasca en un apoderamiento ilícito de una aeronave que está regulado por el Convenio de La Haya de 1970 que establece inclusive la Jurisdicción aplicable en base a jurisdicciones concurrentes y no excluyentes elaboradas de tal modo que en realidad no puede legalmente darse el caso que el delito quedare impune por falta de jurisdicción y que en materia de extradición ha seguido algunos casos en base a precedentes del derecho internacional, lo que llama la atención es que un caso tan grave para la seguridad de aeropuertos y que tiene connotación internacional, no haya merecido siquiera que el Estado peruano a través de la autoridad de aeronáutica civil, la DGAC haya sometido a la Junta de Infracciones a los explotadores del aeródromo público responsables de la inseguridad de este aeropuerto.

 

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