El Colegio de Abogados del Callao tiene una deuda ética con los Colegios de Abogados del Perú

0
209

(Aeronoticias) En un momento en que los “malos abogados” están dañando la imagen de la abogacía peruana y está en entre dicho por el caso Orellana, la labor deontológica de los Colegios de Abogados en el territorio peruana, se viene poniendo en tela de juicio la labor del Tribunal de Honor del Colegio de Abogados del Callao en el expediente 005-2012, que sancionó en primera instancia al cuestionado abogado Víctor Octavio Girao Alatrista con 2 años de suspensión en una Resolución expedida el 4 de junio de 2013 (VER RESOLUCION)  y en donde extrañamente la misma hasta la fecha no ha sido confirmada por el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados del Callao.

El 13 de junio de 2012, la dama peruana July García Peruana interpuso queja por grave violación al Código de Ética de los Colegios de Abogados del Perú contra el agremiado al Colegio de Abogados del Callao (CAC), Víctor Octavio Girao Alatrista Reg. CAC 7591, señalando que éste se había colegiado dolosamente en el Colegio de Abogados del Callao, en razón a que a la fecha de su colegiatura el 11 de octubre de 2011 había sido expulsado del Colegio de Abogados de Lima y luego suspendido por 1 año por el Tribunal de Honor del CAL que preside Fernando Vidal Ramírez.

Asimismo, refiere la denuncia, que el abogado Víctor Girao ya había sido suspendido por 5 años por grave violación al Código de Ética Profesional por el Consejo de Ética del CAL que presidía la Dra. Rosa Mavila León, hoy congresista de la República y que presidió el Consejo de Ética del CAL, siendo Decano del CAL el Dr. Walter Gutiérrez Camacho.

La Resolución 431-2008-CE/DEP/CAL fue complementada por la Resolución 288-2010-CE/DEP/CAL del 14 de setiembre de 2010, siendo Decano el Dr. José Antonio Ñique de la Puente, en donde se expulsó del CAL a Víctor Girao Alatrista, quien burlándose de este gremio se fue a colegiar al Colegio de Abogados del Callao, en donde suponemos sorprendió al entonces Decano Jorge Antonio Guizado Salcedo, en un caso que es el más grave en la historia de la ética de los Colegios de Abogados del Perú, porque el Estatuto del Colegio de Abogados del Callao en su Título II de la colegiación Artículo 10 que norma los requisitos para incorporarse al Colegio de Abogados del Callao, se establece en el inciso C el requisito de “no tener sanción vigente  por ningún Colegio de Abogados del Perú.

Entonces le preguntamos al Colegio de Abogados del Callao, de cómo es posible que hace 4 años un sancionado por el Colegio de Abogados de Lima y que no podía ejercer en todo el territorio nacional de acuerdo al Código de Ética de los Colegios de Abogados del Perú, se haya incorporado al CAC violando el Artículo 10 inciso C del Estatuto del Colegio de Abogados del Callao, que ya haya sido sancionado por el Consejo de Ética con 2 años de suspensión, según Resolución del 4 de junio de 2013 firmada por los ilustres juristas Dr. Smith Baltazar Otárola Benavides, Presidente del Consejo de Ética, Víctor Barrera Flores y Juan Peña Figuera, miembros del Consejo de Ética y que extrañamente durante 2 años los abogados Uceda Magallanes y Rivera Arteaga no hayan querido convalidar esta sanción, ya que tenemos conocimiento que el Presidente del Tribunal de Honor, Gastón Molina Huamán emitió un voto confirmatorio de la Resolución del Consejo de Ética.

Se ha tomado conocimiento que se ha nombrado un nuevo Tribunal de Honor que tendrá que ver el caso en los próximos días, teniendo en cuenta que surge del texto interpuesta por July García Paredes contra el abogado Víctor Girao Alatrista, que este se colegió dolosamente en el CAC, a pesar de que a la fecha de su colegiatura ya había sido expulsado del Colegio de Abogados de Lima y posteriormente suspendido y que inclusive publicó en su blog denominado “Alto vuelo” que tuvo esta conducta para eludir la sanción y lo más grave es que sorprendió al Poder Judicial y con la colegiatura del CAC interpuso una acción de amparo contra el Tribunal de Honor del CAL, que perdió en el Tribunal Constitucional.

El Colegio de Abogados del Callao tiene una deuda ética con los Colegios de Abogados del Perú, si hay impunidad para que los sancionados en cualquiera de los Colegios de Abogados del Perú se incorporen al Colegio de Abogados del Callao para seguir ejerciendo y burlarse de las sanciones éticas, va a desaparecer la ética en la abogacía peruana, es por ello, que en los próximos días la valerosa mujer y madre de la joven asesinada, Juliana Villacorta García, la Sra. July García Paredes interpondría una denuncia a la Defensoría del Pueblo, ya que se tomó conocimiento del comportamiento de los “felizmente renunciantes” abogados del Callao Uceda Magallanes y Rivera Arteaga, que no deberían integrar jamás un Tribunal de Honor en el Colegio de Abogados del Callao, en razón a que por honor deben sancionar a quien viola el Estatuto del Colegio de Abogados y no tratar de salvarlo.

Esperamos que el distinguido decano del ilustre Colegio de Abogados del Callao Nivardo Francisco Cano Rivera, nombre a un nuevo Tribunal de Honor que haga respetar el Código de Ética de los Colegios de Abogados del Perú y el Estatuto del Colegio de Abogados del Callao y confirme la sanción ética contra el abogado infractor Víctor Girao Alatrista, de lo contrario el Colegio de Abogados del Callao se convertirá en la isla que le permite a los abogados sancionados en otros colegios de abogados, incorporarse violando el Artículo 10 inciso C del propio Estatuto del CAC que lo prohíbe.

Se tiene conocimiento que la denuncia a la Defensoría del Pueblo incluirá la puesta en conocimiento de todos los decanos de los Colegios de Abogados del Perú, ya que este caso emblemático en la ética de la abogacía peruana pone a prueba si los gremios sancionan u ocultan y le dan inmunidad a abogados que violan flagrantemente el Código de Ética de los Colegios de Abogados del Perú.

Hacer clic para ver la Resolución del Consejo de Ética 123-2013 DEP/CE/CAL que lo suspende 2 años.

Hacer clic para ver la escritura pública de poder de Pablo Castillo a Victor Girao, que se hizo dar siendo estudiante de derecho.

Hacer clic para ver la denuncia penal de la 19 Fiscalía Penal contra Víctor Girao (Diciembre del 2013) por 4 años de cárcel.

Hacer clic para ver el autoapertorio de instrucción penal contra Víctor Girao dictado por el 22 Juzgado Penal de Lima (Abril del 2013).

Hacer clic para ver el acuerdo de junta directiva del Colegio de Abogados del Callao, donde acuerdan procesarlo por ejercicio ilegal de la profesión.

Hacer clic para ver la ampliación de declaración instructiva donde el asesino dice que el abogado le aconsejo que no aparezca el cadáver.

Hacer clic para ver la Resolución de la Congresista Nacionalista Rosa Mávila del Consejo de Ética del CAL 2008 contra Víctor Girao.

Hacer clic para ver el Dictamen Nº 524-2011 del Ministerio Público de fecha 05/08/2011 que pide 5 años de cárcel efectiva para Victor Girao.

Hacer clic para ver el dictamen fiscal de la 43ª Fiscalía Provincial Penal de Lima que pide 5 años de cárcel para Víctor Girao Alatrista.

Hacer clic para ver la Resolución de expulsión expedida por el Consejo de Ética del Colegio de Abogados de Lima contra Víctor Girao Alatrista.

Hacer clic para ver la Resolución del Tribunal de Honor del 7 de octubre de 2011, que resuelve declarar improcedente el recurso de nulidad formulado por el abogado Víctor Girao Alatrista.

Hacer clic para ver la Resolución del Consejo de Ética del CAL que expulsa del CAL a Víctor Girao.

Hacer clic para ver el dictamen fiscal del 5 de agosto del 2011 mediante el cual se pide cinco años de cárcel para Víctor Girao.

Hacer clic para ver la Resolución del Tribunal de Honor del CAL que sanciona definitivamente y le impide ejercer la profesión de abogado a Víctor Girao Alatrista en el caso del asesinato de Juliana García Villacorta.

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here