El Indecopi exhorta a las empresas de transporte aéreo respetar derecho de los consumidores a endosar o postergar pasajes

Máxima autoridad del Indecopi destacó trabajo técnico y autónomo de los órganos resolutivos en aplicación del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

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(Aeronoticias): El presidente ejecutivo del Indecopi, Julián Palacín Gutiérrez, exhortó a las empresas que brindan el servicio de transporte aéreo de pasajeros, cumplan con lo que dispone el Código de Protección y Defensa del Consumidor, ratificado por el Poder Judicial, que permite endosar o transferir la titularidad de los pasajes adquiridos a favor de otro consumidor o postergar la realización del viaje.

En ese sentido, la autoridad explicó que la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia precisó que la limitación al endose del pasaje aéreo por viajes round trip o ida y vuelta, infringe el artículo 66 del Código de Protección y Defensa del Consumidor y afecta los derechos que tienen los viajeros de endosar sus pasajes aéreos.

Al respecto, Palacín Gutiérrez remarcó que cualquier usuario del transporte que sienta vulnerados sus derechos puede formular su denuncia o reclamo de forma virtual o presencial, a través de los canales que se encuentran a su disposición, así como mediante las oficinas del Indecopi a nivel nacional.

Como se sabe, recientemente el Poder Judicial dio la razón al Indecopi, tras una demanda de la aerolínea Avianca que solicitaba la nulidad de la Resolución N°162-2018/SPC-INDECOPI. Sin embargo, tras agotar las diversas instancias, y luego de una casación, se declaró infundada la referida demanda.

La máxima autoridad del Indecopi destacó, además, el trabajo técnico, profesional y autónomo de las áreas resolutivas cuyo objetivo es la protección y defensa de los derechos de los consumidores.

El dato:

Fuente: Indecopi

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