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Le quieren robar indemnización a humilde zapatero, Manuel Antonio Oliveros Risco, padre de la pasajera fallecida en el trágico accidente de aviación de TANS del 23 de agosto de 2005, ocurrido en Pucallpa, en donde murió la abogada Esther Dalila Oliveros Armas.

  Elcira Vásquez Cortez estaría monitoreando la queja Nº 3005-2008 de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura en relación a este proceso en donde desconocer los derechos de un humilde zapatero por la muerte de su hija en un accidente de aviación, constituiría prevaricato.

Elcira Vásquez Cortez estaría monitoreando la queja Nº 3005-2008 de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura en relación a este proceso, en donde si el 33º Juzgado Civil de Lima a cargo del Juez, Juan José Linares San Román desconoce los derechos indemnizatorios de un humilde zapatero por la muerte de su hija en el accidente de aviación de TANS, incurriría en prevaricato.

 

La historia parece de ficción, pero es una cruda realidad en donde parece ser que los poderosos intereses económicos internacionales, hacen lo que quieren en el Poder Judicial del Perú, en un caso en donde inclusive durante más de tres años de proceso civil, se tuvo que denunciar a la Oficina de Control Interno de la Magistratura, debido a serias irregularidades siempre en perjuicio de la parte más débil, en este caso el padre de la pasajera fallecida, Manuel Oliveros.
Resulta increíble que por escritura pública, la compañía de seguros, y los abogados de los aseguradores, hicieron pasar por muerto a Manuel Antonio Oliveros Risco, sin que exista partida de defunción que acredite tal hecho, y sólo indemnizaron con la irrisoria suma de 115 mil dólares americanos a su esposa Clorinda Armas Solórzano.

El Sr. Oliveros tuvo que interponer demanda, primero ante el 61º Juzgando en lo Civil de Lima, quien a través del Juez probo, Roberto Vilchez, impulsó el procedimiento respetando las normas del debido proceso, la compañía de seguros apeló y la 7ª Sala Civil, se demoró más de un año para declarar infundadas todas las excepciones, e incluso la denuncia civil contra la esposa, es decir se resolvió todo a favor del humilde zapatero, quien reclama una indemnización de un millón de dólares frente a dos pólizas de seguros y de reaseguros, que tienen una cobertura de US$ 75 millones de dólares, sin embargo, el caso por razones administrativas pasa al 33º Juzgado Civil, a cargo del Juez, Juan José Linares San Román, y cuando ya tiene que expedir sentencia, extrañamente, cita a una audiencia de prueba para el 17 de julio próximo, invocando al Artículo 194 del Código Procesal Civil, a fin de que declare el humilde zapatero.
Todo sería normal, si no fuera porque el mencionado Artículo 194 del Código Procesal Civil es una prueba de oficio, que utiliza el Juez, cuando los medios probatorios ofrecidos por las partes sean insuficientes, es decir para el Juez, Juan José Ramírez San Román, es insuficiente que un anciano zapatero que haya pérdido a su hija, en un trágico accidente de aviación sienta dolor y sufrimiento,  y reclame por el daño que él ha sufrido, dentro de un contexto  en el que la compañía de seguros, ya indemnizó a su esposa, de la que él está separado hace 40 años, entonces nos preguntamos de qué Justicia hablamos, si un hombre humilde en la tercera edad, tiene que litigar varios años en los juzgados ante lo civil de Lima, todos le dan la razón, pero el Juez a último momento, no tiene convicción de lo que sufre un ser humano por la muerte de su hija en un accidente de aviación.
La Jefa de la OCMA, Elcira Vásquez Cortéz, especialista en Derecho Aéreo egresada de la Tercera promoción del Curso de Post Grado en Derecho Aéreo y Espacial, de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, tiene la palabra, la entrevistaremos para conocer su opinión, respecto a este caso, porque es un escándalo en el poder judicial del Perú, que se pueda consumar un atropello contra los derechos de un hombre que tendrá que asistir y declarar en esta prueba de oficio, que nos hace presumir que podrían existir 75 millones de razones, por los que los reaseguradores internacionales no quisieran sentar un precedente e indemnizar a este humilde ciudadano peruano, en una sentencia que de primar la justicia, deberá ser declarada fundada, ya que de lo contrario, estaríamos ante un típico caso de prevaricato, con las sanciones y denuncias que se tendrían que realizar en defensa de los derechos de Manuel Antonio Oliveros Risco. Exp Nº 6836-2007 del 33º Juzgado Civil de Lima.

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