Herederos peruanos pretenden sorprender a Juez de EE.UU. en el accidente de helicóptero

0
130
(Aeronoticias).- El 11 de marzo de 2008, el helicóptero Bell 412 EP explotado por la compañía peruana HELINKA y que prestaba servicios para la Minera Rio Tinto tuvo un accidente de aviación en el cerro Mamajuana en el distrito de Catache, Santa Cruz en Cajamarca en la zona nor este del Perú.

La aeronave Bell 412 fue arrendada por la compañía peruana Helinka a la compañía Evergreen con sede en el Estado de Oregon en los Estados Unidos.

El Estado peruano de conformidad al Convenio de Chicago de 1944 sobre Aviación Civil Internacional, Anexo 13 expidió en informe oficial de la Comisión Investigadora de Accidentes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones del Perú que determinó que este accidente de aviación se originó por falla humana a través de la deficiente planificación y ejecución del vuelo en donde se incumplieron los datos operacionales, las regulaciones aeronáuticas del Perú y especialmente la deficiente decisión del piloto y copiloto de no retornar para evitar el mal tiempo en ruta.

 
 
Bell 412 EP

 

 
A la fecha los herederos de los pasajeros Victor Espinoza, Fernando Nuñez, Jhon Vásquez, Peter Lissa, Juan Garcia, Miguel Castro, José Saldaña han recurrido a un Juez de Oregon en Estados Unidos, contra lo que dice el principio constitucional del Juez predeterminado por ley previsto en el Art. 139 inciso 3 de la Constitución Política del Perú que establece que: “Ninguna persona puede ser desviada de la jurisdicción predeterminada por la ley”,  y en este caso el Art. 2068 del Código Civil y el Art. 7 de la Ley de Aeronáutica Civil 27261 establece que este accidente de aviación es competencia de los jueces y tribunales peruanos.

Lamentablemente unos abogados norteamericanos vinieron al Perú y ejerciendo ilegalmente la profesión de abogado, ya que tenían visa de turista han llevado a ciudadanos peruanos a una jurisdicción que no es competente, ya que la empresa responsable HELINKA es peruana, el accidente ocurrió en el Perú y la investigación administrativa y policial se llevó a cabo en el Perú.

 
El Juez norteamericano no debería violar el Art. 139º inciso 3) de la Constitución Política del Estado peruano, y debería ser que esta controversia se resuelve en el Perú, ya que la jurisdicción predeterminada por ley en el accidente de aviación del helicóptero 412 explotado por Helinka es peruana, los herederos de las víctimas son peruanos y las pruebas sobre este accidente se han merituado y actuado ante las autoridades peruanas.

Aeronoticias considera que los abogados peruanos deben ser servidores de la justicia y colaborador de su administración y que aconsejar a ciudadanos que se domicilian en el Perú a recurrir a tribunales extranjeros, en accidentes de aviación ocurridos en el Perú viola el Art. 3 del Estatuto del ilustre Colegio de Abogados de Lima, es por ello que a nuestro criterio el Juez del Estado de Oregon de los Estados Unidos no se debe dejar sorprender por abogados peruanos que no son especialistas en derecho aéreo y que pretenden, una jurisdicción extraterritorial, que ya en casos anteriores fue denegada por los Jueces norteamericanos en los accidentes de las compañías aéreas peruanas Aeroperú y Faucett, es por ello que consideramos que el Juez de Oregon, USA debe declinar su jurisdicción contra la compañía arrendadora del helicóptero Evergreen para que el caso vuelva al Perú y sea resuelto con celeridad por nuestros Tribunales, mientras tanto está interrumpida la prescripción desde que se demandó en Estados Unidos, la misma que va a estar suspendida hasta que el caso se resuelva en los Tribunales peruanos.

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here