INSTRUCCIONES PARA ACCEDER AL SISTEMA ELECTRONICO PARA AUTORIZACION DE VIAJES (ESTA)

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Aeronoticias detalla a conitnuación la forma cómo acceder al Sistema Electrónico para la Autorización de Viaje (ESTA). Primero inicie la sesión en el sitio web del ESTA en https://esta.cbp.dhs.gov/   y complete “en línea” el formulario de solicitud en inglés.

Por ello, los viajeros deben hacer la solicitud con antelación.

El sistema en la web le pedirá que conteste preguntas básicas sobre sus datos biográficos y otras relativas a su elegibilidad, que son normalmente incluidas en el formulario en papel I-94W.

Las solicitudes se pueden enviar en cualquier momento antes del viaje. Sin embargo, el Departamento de Seguridad Interna de los EE.UU. recomienda que se soliciten al menos con 72 horas de antelación a la fecha de viaje.

 

En la mayoría de los casos recibirá una de las siguientes respuestas a los pocos segundos:

1. Autorización aprobada: Viaje autorizado

2. Viaje no autorizado: El viajero deberá obtener un visado de no inmigrante en una embajada o consulado estadounidense antes de viajar a EE.UU.

3. Autorización pendiente: El viajero tendrá que visitar el sitio web del ESTA durante las siguientes 72 horas para conocer la decisión final.

 

Una autorización de viaje aprobada a través de ESTA:

Es obligatoria para todos los viajeros bajo el programa VWP antes de embarcar en un transporte por aire o mar hacia EE.UU. a partir del 12 de enero del 2009.

Es válida, a menos que sea revocada, por un máximo de dos años o hasta que expire el pasaporte del viajero, lo que suceda primero.

Es válida para múltiples entrada a EE.UU. cuando tenga planes de viajes futuros, o si las direcciones o itinerarios de destino de un solicitante cambian después de que su autorización haya sido aprobada, podrá actualizar esa información fácilmente a través del sitio web del ESTA.

Asimismo, no es una garantía de admisibilidad a Estados Unidos en un puerto de entrada. La aprobación de ESTA sólo autoriza a un viajero a embarcar en un transporte con destino a EE.UU. bajo el programa VWP.

Por ello, la Embajada de EE.UU. solicita que se ingrese al sitio web (para visitantes internacionales): www.CBP.gov/travel

 

 

Renuncia a derechos:

 

De acuerdo a la Embajada de EE.UU. en Perú, como una condición a cada admisión a EE.UU. bajo el Programa de Exención de Visado, la presentación de identificadores biométricos (incluyendo huellas dactilares y fotografías) durante el procesamiento a la llegada a Estados Unidos reafirmará la renuncia a todo derecho a revisar o recurrir la determinación de un funcionario del Servicio de Aduanas y Control de Fronteras de EE.UU., en cuanto a admisibilidad, o a refutar, excluyendo que sea sobre la base de una solicitud de asilo, toda acción de remoción resultante de una solicitud para admisión bajo el Programa de Exención de Visa.

Mayor información sobre el programa VWP y ESTA lo puede encontrar en: www.cbp.gov/esta
 

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