¿Qué sigue para Emirates con los ‘slots’ asignados en el AICM?

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(Aeronoticias).- La aerolínea Emirates obtuvo los horarios de despegue y aterrizaje –conocidos como slots– para vuelos diarios en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) a partir del 9 de diciembre, pero ero aún le quedan pasos por dar antes de obtener el permiso para operar en el país.

Pablo Casas Lías, director del Instituto Nacional de Investigaciones Jurídico Aeronáuticas (INIJA), explica que a la aerolínea le falta su registro y aprobación ante la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC). “Emirates ya cuenta con un convenio bilateral para la ruta Dubái-México, además de un convenio de quintas libertades con Barcelona, y a su vez España tiene quintas libertades con México”, agrega.

 

La DGAC debe responder a Emirates –o, en su caso, dar las contemplaciones respectivas–, en un plazo no mayor a un mes, señala el especialista.

 

Expansión buscó a la DGAC para confirmar la aprobación de la entrada de Emirates, pero hasta la publicación de este texto no había obtenido respuesta. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) sí confirmó que falta la autorización de este organismo.

 

¿Se podría frenar su entrada?


Entre los argumentos que empresas y organizaciones han planteado para que se frene la entrada de Emirates a México, todos se orientan a un mismo rubro: el de competitividad. Se ha planteado que hay suelo disparejo tanto en el otorgamiento de slots, como un potencial riesgo en las tarifas, debido a que la aerolínea ha sido acusada de recibir subsidios de Emiratos Árabes Unidos.

 

 

Por ello es que organizaciones como la Asociación Sindical de Pilotos Aviadores de México han pedido la intervención de autoridades como la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), pero al respecto, el propio organismo indica que debe haber una solicitud desde la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), pero ésta no se ha emitido.

 

“Respecto a una posible opinión por parte de Cofece, está sería a solicitud de la autoridad aeroportuaria en caso de que quisiera regular tarifas aéreas por falta de competencia. No se nos ha hecho tal solicitud”, dijo en respuesta a una petición de este medio.

 

Según el artículo 43 de la Ley de Aviación Civil, la SCT “por sí o a petición de la parte afectada” solicitará la opinión de la Cofece si considera que no existe competencia efectiva entre los diferentes concesionarios o permisionarios, “para que, en su caso, la Secretaría establezca bases de regulación tarifaria”. Esta regulación se mantendrá solo mientras subsistan las condiciones que la motivaron.

 

También el artículo 53-A señala que la Cofece, si considera que no hay condiciones de competencia efectiva que afecten el interés del público, “podrá solicitar a la Secretaría que, como medida precautoria para proteger el proceso de competencia y libre concurrencia en el mercado aéreo nacional, imponga bases de regulación tarifaria a los concesionarios que impidan la existencia de dichas condiciones”.

 

La Cofece, por su parte, agrega que no tiene ninguna participación en la asignación que se realiza cada temporada respecto de los slots. “Esa es atribución de las autoridades aeroportuarias”.

 

Fuente: Expansión.

 

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