Julián Palacin: “Accidente de aviación del Chapecoense sería por falla humana o técnica”

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(Aeronoticias) El accidente de la aeronave British Aerospace 146 en su versión modernizada ARJ de la compañía aérea boliviana Lamia, en el que viajaban como pasajeros miembros del equipo de fútbol Chapecoense de Brasil y periodistas especializados, podría haberse originado por falla humana, dijo el Dr. Julián Palacin Fernández, Presidente de la Comisión Consultiva de Derecho Aeronáutico del Colegio de Abogados de Lima (CAL).

La aeronave BAe 146 siniestrada en su versión modernizada ARJ (Avro Regional Jet) o Avro RJ es un jet británico con 4 reactores turbofan y cola en T, que fueron construidos por British Aerospace y posteriormente por BAE Systems entre 1983 y 2002.

Tienen de 70 hasta 128 asientos y pueden operar con 2 reactores, por lo que dentro de las hipótesis de investigación de la Comisión de Aeronáutica Civil de Colombia, la falla humana o la falla técnica son las posibles causas de este trágico accidente de aviación que enluta a la aviación y al fútbol mundial.

Una mala decisión de los directivos del Chapecoense, en razón a que pudieron utilizar a transportadores aéreos regulares que operan desde Sao Paulo a Medellín con conexiones en Bogotá y que utilizan Airbus A321 o Boeing 737-800 de última generación, es decir, hoy las aeronaves que han demostrado un alto índice de seguridad son los Airbus, Boeing y Embraer que operan en rutas regulares de servicio de transporte aéreo internacional entre Sao Paulo y Medellín, dijo Julián Palacin Fernández, recordando que el British Aerospace 146 siniestrado ya no se fabrica.

Sin embargo, la Comisión Investigadora de Accidentes de Colombia tendrá que profundizar en la investigación la hipótesis de una falla eléctrica que sería grave, porque involucraría un problema de mantenimiento y son los inspectores de la Dirección General de Bolivia, quienes debieron advertir y prevenir este problema en las inspecciones rutinarias, o en todo caso si hubo falla humana tendrá que investigarse si los pilotos fueron entrenados y re-entrenados en el simulador.

En este accidente de aviación hay responsabilidad extracontractual, ya que nadie contrata su propia muerte, dijo Julián Palacin Fernández, y los herederos de las víctimas de este trágico accidente de aviación deben ser indemnizadas por daño moral, lucro cesante y daño emergente, de acuerdo a los instrumentos internacionales de aviación y a las normas vigentes.

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