MTC Reglamentara Derechos de Víctimas de difamación en canales de señal abierta

El equipo Técnico de Perú Libre en el Sector Transportes y Comunicaciones alista la reglamentación para defender los derechos constitucionales de 33 millones de peruanos cuando sufran difamación agravada con noticias falsas por parte de los grandes canales de televisión de señal abierta.

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(Aeronoticias): El Equipo Técnico de Perú Libre en el sector Transportes y Comunicaciones alista la Reglamentación para defender los Derechos Constitucionales de 33 millones de peruanos cuando sufren difamación agravada con noticias falsas por parte de los grandes canales de televisión de señal abierta.

Así lo anunció el abogado Julián Palacín Gutiérrez, asistente del Coordinador del Equipo Técnico de la Comisión de Transportes y Comunicaciones de Pedro Castillo de Perú Libre.

“En muchos casos, los canales incumpliendo la normatividad vigente no le otorgan a sus víctimas el derecho de rectificación constitucional, a un ciudadano cuando les atribuye un hecho o conductas que puedan perjudicar su honor o reputación”, refirió.

“Y como tienen el poder económico y la querella no funciona, porque prescribe a los 4 años y medio, violan los derechos humanos de sus víctimas que están en desventaja frente a algunos grandes medios de comunicación abusivos”, anotó el jurista.

INTERES PÚBLICO

Recordó que la autorización para prestar el servicio de radiodifusión es un derecho que otorga el Estado a través del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) para operar el servicio tanto en la banda sonora como televisiva.

“Por el rol que cumple es considerado un servicio privado de interés público, teniendo el MTC que cumplir con defensa y protección de los Derechos Humanos y especialmente con los derechos fundamentales de la persona humana” y el código de ética vigente, -afirmó-. Para tal fin el gobierno de Pedro Castillo emitirá la reglamentación que defienda estos derechos, -agregó- Palacin Gutiérrez, quien también es dirigente del Comité Ejecutivo Regional de Perú Libre en Lima.

SE CUMPLIRA CON EL CODIGO DE ETICA

De otro lado, explicó que de acuerdo a lo indicado en el Registro Nacional de Frecuencias del MTC, una empresa que opera en la frecuencia, que no figura en el precitado registro, cuyo título habilitante estaría a nombre de la empresa, será investigada ya que tenemos que precisar quién sería el responsable de dicha frecuencia y se tendrá que establecer y registrar a sus accionistas para que respondan solidariamente por los daños que causen.

DUEÑOS DEBERÀN CONTRATAR POLIZA DE SEGUROS

Canales de TV ya no podrán difamar

El abogado Julián Palacin Gutiérrez, Coordinador del Plan de Gobierno de Perú Libre en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dijo que en agosto del 2021 se reglamentarán los derechos de las víctimas de difamación de los canales de señal abierta.

Para tal efecto, todos los canales de televisión tendrán que registrar en el Ministerio de Transportes lo siguiente:

  1. Nómina completa de los accionistas, directores y de todos los periodistas con su correo electrónico y dirección procesal, en el caso de que los usuarios afectados requieran emplazarlos por delitos de difamación.
  2. Los afectados tendrán el derecho constitucional de exigir y se les deberá entregar en el término de 48 horas, la transcripción de la difamación en físico y el video cuestionado a su correo electrónico. El incumplimiento originaría una multa.
  3. El afectado tendrá el derecho constitucional de rectificación gratuita, inmediata y proporcional sin perjuicio de la responsabilidad de Ley y de la Denuncia Penal del Procurador Público del Ministerio de Transportes cuando corresponda
  4. Los canales de televisión tendrán la obligación de registrar Pólizas de Seguros y Reaseguros que cubran la responsabilidad civil de los accionistas, directores y periodistas.

“Consideramos, que la irrestricta libertad de prensa se ejerce de acuerdo a la Constitución Política y respetando los derechos constitucionales de las víctimas de difamación agravada por algunos medios de comunicación”, señaló Palacin Gutiérrez.

Los canales de TV tendrán que entender que deben respetar los derechos humanos al honor y a la buena reputación. “El Ministerio de Transportes no ha venido defendiendo los derechos humanos, pero eso cambiará con el gobierno de Perú Libre”, enfatizó el jurista.

En ese sentido resulta imperativo que se aclare quien es el titular de los canales en Televisión Digital, “toda vez que dicha emisión utiliza un recurso natural que pertenece a todos los peruanos”, indicó Palacin.

Es importante conocer la titularidad real de los propietarios de los medios de comunicación, pues los ciudadanos que se puedan ver afectados en sus derechos deben saber a quién demandar, por la Responsabilidad Civil de sus accionistas,  propietarios por la responsabilidad penal periodística, ya que los accionistas que muchas veces podrían ser autores intelectuales de las campañas de difamación con intencionalidad política se esconden detrás del telón de sus dependientes, periodistas que muchas veces no tienen patrimonio para responder indemnizaciones millonarias cuando se afecta a líderes de reconocido prestigio nacional e internacional -manifestó-.

“Sin embargo, los accionistas o propietarios serán para la reglamentación que se pondría en vigencia solidariamente responsables de indemnizar a sus víctimas de acuerdo al Artículo 1981 del Código Civil” e inclusive estos medios de comunicación tendrán que registrar pólizas de seguros y reaseguros por un mínimo de 10 a 30 millones de dólares para responder por su responsabilidad civil, como lo hacen las compañías de aviación -dijo el Jurista Julián Palacin Fernández, Coordinador de la Comisión de Transportes y Comunicaciones de Pedro Castillo de Perú Libre.

“Se propondrá una mesa de trabajo con el Ministerio Púbico y el Poder Judicial para que a través de la Corte Suprema se trate este tema jurídico, siguiendo la jurisprudencia de todos los países civilizados del mundo. No puede haber más impunidad indemnizatoria para los accionistas de los medios de comunicación de señal abierta cuando su participación coincide que son financistas por ejemplo de un partido político  y dueños del canal difamador que agravia diariamente a sus contendores políticos, es decir se esconden detrás del telón de las campañas de difamación contra sus víctimas, muchas veces ciudadanos honorables que no pueden defenderse porque el sistema no ayuda y, no es justo que se alquilen espacios en dichos medios y se indique que el canal no asume responsabilidad por las opiniones muchas veces falsas  vertidas en dichos programas”, y que nunca quieran reconocer el derecho constitucional de rectificación y que tampoco indemnicen a sus víctimas por los daños y perjuicios que causen -remarcó-.

SE APRUEBA CODIGO DE ETICA

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/aprueban-el-codigo-de-etica-para-la-prestacion-de-los-servic-resolucion-ministerial-no-586-2021-mtc01-1965345-1

http://www.concortv.gob.pe/wp-content/uploads/2021/06/Codigo-de-etica.-Ultimo-2021.pdf

Fuente: Diario EL SOL

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