Nueva modalidad de Registrar a sus trabajadores en la Planilla Electrónica

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(Aeronoticias) El programa  Bienvenido en Acción del Ministerio de Trabajo, presentado por la asesora de la Dirección de Capacitación y Difusión Laboral, Ana Cecilia  Torres, brinda orientación a todos los trabajadores y empleadores de cada empresa que es de lo que se debe saber para integrar a la Planilla Electrónica.

El Empleador está obligado a registrar al trabajador desde el primer día laboral, independientemente de que tipo de contrato y plazo

El trabajador recibirá de su empleador la constancia de alta al día siguiente de iniciada su relación laboral.

Así acreditará que el trabajador está declarado en la planilla y que es considerado como un asegurado regular  de ESSALUD.

La Planilla electrónica  cuenta con dos componentes:

T-Registro: Se consigna la información de carácter laboral. (PERIODO LABORAL, SEGURIDAD SOCIAL, TIPO DE CONTRATO, TIPO DE TRABAJADOR)

PLAME: Es la planilla mensual donde se indican los trabajadores inscrito en T-Registro (Esta deberá presentarse mensualmente en la SUNAT conforme el cronograma establecido por dicha entidad).

El Ministerio de Trabajo recuerda a todos los empleadores del país la obligación de registrar a todos sus trabajadores hasta el 31 de mayo del 2015 los nuevos datos de la situación educativa de sus trabajadores que hayan ingresado antes del 1ro de Junio del 2014 y se encuentran registrado en la Planilla Electrónica.

Fuente: Gestión



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