Nuevas aeronaves que ingresen al Perú serán excluidas de pagar impuestos

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(Aeronoticias).- El gobierno Peruano publicó la ley de Régimen de Admisión Temporal de Aeronaves y Material Aeronáutico, mediante la cual podrán ingresar aeronaves al Perú con la suspensión del pago impuestos durante los próximos 5 años.
 
Esta suspensión alcanza también a las partes, piezas, repuestos, motores, documentos técnicos y material didáctico para instrucción de personal aeronáutico.
El acogimiento a este régimen no requerirá el otorgamiento de garantía ni le es de aplicación el interés compensatorio a que se refiere la Ley General de Aduanas, menciona Andina.
 
Nuevas aeronaves que ingresen al Perú serán excluidas de pagar impuestos 
Cuando se efectúe la nacionalización de los bienes comprendidos en la ley, para efecto de la determinación de la base imponible de los Derechos Arancelarios y el Impuesto General a las Ventas (IGV), se tomará en cuenta el Valor en Aduanas consignado en la Declaración Unica de Aduana – Admisión Temporal, deducida la depreciación.
Para este efecto, la depreciación será del 20% anual sobre el Valor de Aduanas, consignado en la referida declaración.
Cuando la nacionalización se efectúe durante el último mes del quinto año se deducirá el 20 por ciento.
La ley se aplicará a las personas naturales o jurídicas dedicadas al transporte aéreo de pasajeros o carga, transporte aéreo especial, trabajo aéreo, así como aviación general, aeroclubes, escuelas de aviación, aviación aerodeportiva y talleres de mantenimiento de aeronaves y estaciones reparadoras en el territorio del Perú.
Las solicitudes para el acogimiento al Régimen de Admisión Temporal podrán ser presentadas dentro del plazo de cinco años, contados a partir de la vigencia de la ley.

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