Presidente del Indecopi se compromete con la SNI a contribuir en el fortalecimiento de la industria textil de los sectores productivos

Este año, el órgano técnico del Indecopi recomendó la aplicación de salvaguardias provisionales a las importaciones provenientes de China y Bangladesh, al tener evidencias sobre la existencia de daño.

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(Aeronoticias) El presidente ejecutivo del Indecopi, Julián Palacín Gutiérrez, manifestó su compromiso para canalizar los intereses de los sectores productivos nacionales, prioritariamente del rubro textil, los cuales fueron afectados por las importaciones, a fin de adoptar decisiones oportunamente, en el marco de sus competencias y de la normativa vigente.

En la reunión participaron el presidente de la Sociedad Nacional de Industrias (SNI) y ex vicepresidente de la República, Ricardo Márquez Flores; el Gerente de Estudios Económicos de la SNI y ex viceministro de la Industria, Antonio Castillo Garay; el presidente del Comité Textil de la SNI, Felipe James Callao y la presidenta del Emporio de Gamarra, Susana Saldaña.

En dicho espacio, se dio a conocer la problemática del sector de confecciones textiles, afectado por el ingreso de importaciones de prendas de vestir al país, por ello, el titular del Indecopi manifestó que la institución monitorea permanentemente los mercados en los que operan las industrias de especial relevancia en la economía nacional, como el sector de las confecciones textiles.

“Estamos comprometidos en defender la leal competencia en el mercado para que la producción nacional pueda competir en igualdad de condiciones con las importaciones, evitando así que los productores nacionales sufran perjuicios ilegítimos. La Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias (CDB) se encuentra monitoreando el mercado a fin de tomar acciones que permitan contribuir al fortalecimiento de la industria nacional. Es llamativo que la última medida de salvaguardia implementada en el Perú data del año 2004, a pesar de que el Indecopi recomendó la aplicación de esta medida de urgencia, recientemente, para el sector de confecciones textiles”, señaló el titular del Indecopi.

En tanto, el presidente de la SNI explicó que el mencionado sector ha sido duramente golpeado por la pandemia, señalando que “el 90 % de la ropa en Perú es importada”. Mientras que, el presidente del Comité Textil de la SNI, Felipe James Callao, afirmó que el Perú es un gran exportador de prendas de vestir. Sin embargo, la importación a precios mínimos, no les permite competir en su propio país.

El gerente de Estudios Económicos de la SNI, Antonio Castillo Garay, informó que las importaciones se han incrementado. “Mientras que en el año 2016 se importaban 16 millones de prendas, en el 2020, durante la pandemia, se han importado casi 30 millones”. Con ello, se ha reducido la participación de la producción peruana a 2.9%. Cabe señalar que, hasta mayo de este año, ingresaron 198 millones de prendas importadas, lo que representa un alza de 100,4% respecto al mismo periodo del 2020.

A su turno, la presidenta del Emporio de Gamarra, Susana Saldaña, expresó su deseo de que la voluntad de las autoridades competentes se traduzca en hechos concretos, ya que “está en riesgo el único sector industrializado del Perú”.

Datos importantes

En noviembre del año pasado, la CDB inició una investigación a pedido del Ministerio de la Producción. Producto de ello, emitió un informe preliminar en el que recomendó la aplicación de medidas de salvaguardias provisionales hasta por 200 días, y con una tasa arancelaria adicional mínima de 20% a las importaciones de confecciones de China y Bangladesh, al tener evidencia que indicaba la existencia de daño a la industria nacional a causa de tales importaciones.

Las salvaguardias son un mecanismo de protección que imponen los países miembros de la Organización Mundial de Comercio, al que pertenece el Perú, cuando se produce un incremento inusitado en las importaciones que causa o puede causar un daño a una rama de producción nacional.

Según el Reglamento de Salvaguardias (Decreto Supremo Nº020-1998-ITINCI), corresponde a la CDB tramitar el procedimiento de investigación en materia de salvaguardias. Sin embargo, la aplicación de esta medida es competencia de una Comisión Multisectorial conformada por los ministros de Economía y Finanzas y de Comercio Exterior y Turismo, así como por el ministro del sector al que pertenece la rama de producción nacional afectada (en el caso de confecciones, integraría dicha Comisión el ministro de la Producción).

Fuente: Indecopi

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