TACA incumplió idoneidad del servicio a pasajera Julia Saldaña

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Aeronoticias.- El Código Peruano de Protección al Consumidor, Ley 29571, establece que Avianca-TACA como explotadores de la aeronave Airbus A-320 debieron garantizar la idoneidad del serivicio a la pasajera Julia Saldaña de Vigo de 87 años, quien sufrió un accidente el 28 de setiembre de 2011 mientras abordaba la aeraonve mencionada en el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez de Lima, Perú.

Foto: TACA no quiso cumplir con la garantía legal de su seguro de aviación, frente a la pasajera Julia Saldaña accidentada en el procedimiento de abordaje

Para la ley peruana TACA debía determinar la idoneidad de su producto o servicio en base a la garantía legal explícita que se daba por mandato del artículo 146 de la Ley 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú que le obligaba a la empresa de Don Germán Eframovich a depositar un seguro de aviación  en la DGAC peruana para responder por los daños de su empresa en el transporte de pasajeros.

Es decir, TACA INTERNACIONAL no podía vender billetes de pasajes en la ruta Lima-Buenos Aires-Lima ni siquiera a través de TRANS AMERICAN AIRLINES TACA PERU, sino cumplía con la garantía legal que por mandato de la ley peruana se le impuso de conformdiad a las regulaciones vigentes para comercializar o vender billetes de pasajes aéreos, sin embargo TACA PERU en contra de este pacto establecio por esta garantía legal que estaba incluida en el contrato de consumo-contrato de transporte aéreo  desplazo arbitrariamente  su obligacion y luego de que la pasajera se accidentara rompiendose la cadera, lo que originó su interamiento en la clínica San Gabriel y luego en la clínica Tezza de Surco en Lima, Perú, en donde la intervinieron de emergencia para salvarle la vida en circunstancias en donde le sobevino un paro cardiaco, mientras TACA PERU violaba esplícitamene las condiciones expresamente ofrecidas como proveedor  del servicio al consumidor del contrato, ya que todos los pasajeros saben  que al contratar con una línea aérea que si les sobreviene un accidente están cubiertos con una póliza de seguros y reaseguros que TACA INTERNACIONAL había contratado con el reasegurdaor Willi´s, sin embargo se quisieron desentender del caso, ni siquiera se acercaron a la clínica y por carta notarial TACA manifestaron que no tenían ninguna resposabildiad.

Para especialistas consultados, TACA PERU violó la idoneidad de su servicio de transporte aéreo y podría recibir una multa de hasta 400,000 dólares por parte de INDECOPI, asimismo la Dirección General de Aeronáutica Civil del MTC, tendía que verificar si TACA cumplio o no con informar este accidente de conformidad a la Ley 27261, ya que se tendrá que determinar si hubo o no incumplimiento a las disposiciones previstas en la Ley 27261 y su reglamento para sancionar a TACA PERU o AVIANCA TACA, la empresa de Don Germán Eframovich.

La pasajera afectada por falta de recursos económicos ante el incumplimiento de TACA PERU se está recuperando de sus dolencias en la ciudad de Trujillo y ha dejado en manos de un conocido estudio jurídico especializado en asuntos de aviación el reclamo por los daños que sufrió.

TACA incumplió idoneidad del servicio a pasajera Julia Saldaña

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