TRIUNFO LA LIBERTAD DE EXPRESION

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La Sala Penal anuló la prisión efectiva a Magaly Medina, conductora de un programa de televisión en canal 9, sin embargo le aumentó la pena suspendida a dos años y la reparación civil a cien mil soles.
 

 
Consideramos que cuando no existe animus difamandi no hay delito y se tiene que valorar el derecho constitucional a la libertad de prensa, salvaguardando el honor de las personas.

La Ley permite a Magaly Medina recurrir a la Corte Suprema, si no está de acuerdo con esta sentencia.

Esta sentencia puede constituir un grave precedente jurisprudencial para la libertad de expresión en el Perú y corresponderá a la Corte Suprema, si llega en queja algún recurso, establecer cual será la jurisprudencia a futuro.

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