(Aeronoticias) La promulgación del Decreto Legislativo 1265 que creó el Registro Nacional de Abogados Sancionados, que en el Perú nos ha permitido conocer los nombres de los letrados que han sido sancionados por sus Colegios de Abogados con suspensión o expulsión por mala práctica profesional.
La sociedad y los agraviados de estos malos profesionales pueden ahora recabar las pruebas y denunciarlos cuando estén ejerciendo ilegalmente la profesión de abogado y la Ministra de Justicia tendrá que ordenarle al Procurador del Ministerio de Justicia que realice la denuncia por ejercicio ilegal de la profesión Artículo 263 del Código Penal que dice lo siguiente: “el que ejerce profesión sin reunir los requisitos legales requeridos será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años», es decir, los abogados sancionados inscritos en el Registro del Ministerio de Justicia no reúnen los requisitos legales para ejercer lícitamente la profesión y si lo hacen el Procurador del Ministerio de Justicia debe denunciarlos penalmente.