Consultamos la opinión del presidente del Instituto Peruano de Derecho Aéreo, Dr. Julián Palacin Fernández quien fuera designado en 1994 asesor de las líneas aéreas internacionales que operan en Panamá ALAP y es actualmente el presidente de la Comisión Consultiva de Derecho Aeronáutico, del Espacio y de la Aviación Comercial del ilustre Colegio de Abogados de Lima quien expresó que la política aérea de cielos abiertos desregularía el mercado posibilitando el libre acceso al Perú de todas aquellas líneas aéreas internacionales que así lo solicitaren, sujetas lógicamente al principio de reciprocidad, que operaría como doble reciprocidad negativa en el supuesto de que el país de bandera de aeronave denegare a las líneas aéreas peruanas la operación de ellas hacia su territorio.
Palacin dijo que cuando fue consultado en 1996 por el Congreso de la República del Perú en el estudio de la nueva Ley de Aeronáutica Civil, Ley 27261 que se sancionó en el 2000 propuso una política aérea de cielos abiertos basada en los principios de libre ingreso al mercado, libertad de tarifas y mínima intervención de la autoridad aeronáutica civil, planteando que las empresas extranjeras puedan entrar libremente al mercado peruano, derogándose cualquier regulación por parte de la autoridad de aeronáutica civil y planteando que la regulación se producirá en forma natural por el libre juego de las fuerzas normales del mercado, oferta y demanda y la DGAC a su criterio solo debía reunir y confeccionar información estadística que permita a las líneas aéreas conocer la tendencia del mercado.
Las únicas limitaciones, dijo serían el cumplimiento de los requisitos técnicos de seguridad y seguros aeronáuticos y sólo operarían ajustes de ofertas de las empresas extranjeras por razones de reciprocidad destacando que las condiciones de operación, los equipos aéreos, la capacidad ofrecida, frecuencias, escalas e itinerarios debían ser libres y las únicas restricciones serían en materia de reciprocidad destacando que este principio sería el guía en la nueva aeropolítica peruana y que si existían formas de medir, ya que la reciprocidad era una condición que puede imponer la autoridad aeronáutica de cualquier país del mundo, para que un país otorgue derechos equivalentes a las líneas aéreas, en este caso peruanas en base a las relaciones aéreas bilaterales y que su equivalencia de los derechos que se otorgan o se intercambian se podrían medir comparando entre las empresas designadas por cada país, en este caso Panamá y Perú en base a sus puntos de operación, frecuencias, capacidad ofrecida, pasajeros, kilómetros o toneladas kilómetros transportados, monto de ventas de cada empresa en otro país y al efectuar esta medición la DGAC peruana podría considerar alguno o todos estos factores, inclusive dijo sería conveniente estudiar la posibilidad de permitir que líneas aéreas 100 por ciento peruanas puedan tener convenios de colaboración con líneas aéreas extranjeras para mejorar la competencia interna en el cabotaje, ya que no es conveniente para un país el cuasi monopolio aerocomercial.
Asimismo destacó que en la nueva normativa el Perú debería plantear la licitación de frecuencias como una forma de obtener recursos para equipar las Escuelas de Aviación Civil y los Aeroclubes en todas las regiones, y que debía implementarse una mayor protección al pasajero.
Agregó que en materia de Derecho Comparado en 1979 en Chile entró en vigencia el decreto Ley 2564, Ley de Cielos Abiertos, es decir el país de bandera de Lan Airlines que a través de LAN PERU domina el mercado aerocomercial nacional e internacional en el Perú tiene una política de cielos abiertos, es decir no proteccionista, sin embargo el Perú por obra y gracia de los «congresistas» de la década pasada que no aceptaron este planteamiento, no tenemos política de cielos abiertos y mantenemos un proteccionismo a líneas aéreas extranjeras cuyo países de origen, sí tienen esa política de cielos abiertos que les ha permitido que sus mercados de origen crezcan comercial y turísticamente hablando, respecto a lo que dijo el jefe de Estado, Alan Garcia Pérez que si de él dependiera una política de cielos abiertos sugirió que el MTC se asesore debidamente para plantear al Congreso las modificatorias a la Ley 27261 para alcanzar estos objetivos, ya que el espacio aéreo peruano es patrimonio económico de la Nación y su uso y utilización debe revertir en beneficio de toda la población, el proteccionismo solo trae tarifas aéreas exorbitantes en algunas estaciones del mercado, una política de cielos abiertos a nivel internacional permitirá que aumente el turismo receptivo dijo.