(Aeronoticias).– Con el objetivo de beneficiar la inversión pública y privada en los distritos de Lima y Callao, el INDECOPI continúa verificando el cumplimiento de la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, por parte de las municipalidades, quienes no deben exigir requisitos ilegales en este trámite.
Durante la investigación realizada entre junio y diciembre de 2010, la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI verificó que 48 de las 49 municipalidades investigadas, publicaron sus respectivos procedimientos de licencia de funcionamiento en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas.
Asimismo, debido a esta acción del INDECOPI, 36 de las 49 comunas adecuaron sus procedimientos de licencia de funcionamiento con la finalidad de exigir como requisitos únicamente aquellos que establece la ley, y no otros adicionales que dificultan el trámite. De esa manera, se da cumplimiento a lo establecido en la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento.
Finalmente, se verificó que 40 de las 49 municipalidades investigadas cumplieron con indicar el plazo con que cuentan para pronunciarse sobre el trámite de licencia de funcionamiento, así como ejercer el silencio administrativo positivo, el cual aprueba automáticamente la solicitud, si es que no es contestada en el plazo de 15 días.
El INDECOPI recuerda que la obtención de una licencia de funcionamiento es una herramienta necesaria para la formalización de las empresas. Si bien, se ha verificado un avance en la simplificación del trámite, esta institución continuará con la supervisión, durante el presente año, para garantizar el cumplimiento total de la Ley.
En ese sentido, la institución espera que las autoridades elegidas recientemente adecuen y/o sigan cumpliendo con las disposiciones establecidas en la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, pues ello beneficia la inversión y desarrollo de sus comunas.
Las personas que deseen conocer el detalle de la investigación, pueden acceder a ella a través del siguiente enlace al portal web de la institución http://www.indecopi.gob.pe/repositorioaps/0/3/jer/leymarcolicfunc/INFORME34.pdf. Asimismo, los ciudadanos que necesiten presentar algún reclamo o consulta sobre este tema, pueden llamar al 224-7800 anexo 1782 (Lima) ó 0-800-4-4040 (provincias). También escribiendo al correo electrónico: consultasbarreras@indecopi.gob.pe