SUGIEREN REGLAMENTAR COBROS INDEBIDOS DE LINEAS AEREAS

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Luego que Aeronoticias.com.pe publicara el incidente en Cusco-Perú del pasajero Alberto Quiroz Gálvez, quien luego de sufrir una emergencia médica, que afectó a su hija, lo que lo obligó a suspender su vuelo de Cusco a Lima en LAN PERÚ, originando que esta línea aérea le quiera cobrar US$ 200.00 dólares adicionales a la tarifa ya pagada por cada billete de pasaje por cambio de fecha, recibimos numerosos e-mails, por lo que procedimos a analizar el tema.

 

Al respecto consultamos con el doctor Julian Palacín Fernández, Presidente del Instituto Peruano de Derecho Aéreo, quien dijo a Aeronoticias que el contrato de transporte aéreo es aquel por el cual el transportador se obliga a trasladar personas o cosas por vía aérea de un punto a otro a cambio de un precio determinado.

Este contrato dijo el jurista, es consensual, pues se forma con el concurso de voluntades, además es bilateral, característica que debe vincularse con la onerosidad y comercialidad generando obligaciones para ambas partes, para la línea aérea la obligación de trasladar a un pasajero en una ruta determinada, en tanto que para el usuario la obligación de abonar el precio pactado previamente.

Es cierto, dijo el doctor Palacín, que estamos frente a contratos de adhesión en los cuales las líneas aéreas unilateralmente fijan las condiciones, por lo que se hace necesario que la Dirección General de Aeronáutica Civil del Perú DGAC, reglamente los cobros que realizan las líneas aéreas por cambio de fecha, en razón que a mi criterio esto es un abuso de posición de dominio que no se debería aceptar, ya que en la medida que existan espacios disponibles en las aeronaves las líneas aéreas deberían confirmar el cambio de fecha sin ningún cobro adicional, ya que se viola el contrato de transporte aéreo cuando la empresa de aviación pretende cobrar el 200% de la tarifa, por citar un ejemplo, cuando un pasajero cambia de fecha por diversos motivos.

El doctor Palacín expreso, que alguien en el Perú debería defender los derechos de los pasajeros, porque de hecho la autoridad competente en este caso el Director General de Aeronáutica Civil DGAC, no lo hace.

Es por ello, que se reclama que en situaciones de dominio de mercado el Estado debe velar por estimular la competencia y se requiere no menos de cinco líneas aéreas regulares en el mercado domestico peruano y reglas claras para que no se consumen abusos en perjuicio de los pasajeros y turistas extranjeros.

El doctor Palacín sugirió que la DGAC estudie la posibilidad de reglamentar estas decisiones unilaterales de las empresas de aviación de cobrar montos exorbitantes a aquellos pasajeros que ya han pagado su billete de pasaje, que tienen derecho a que la línea aérea los transporte por la tarifa que ya han pagado y que tienen que variar la fecha por causa de fuerza mayor.

Aeronoticias.com.pe se suma a esta iniciativa en defensa de los pasajeros que tienen que contratar bajo el principio de “seguridad jurídica” que significa adquirir un billete de pasaje, pagar una tarifa y tener el derecho a cambiar la fecha del vuelo sin pagar tarifa adicional.

 

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