El abogado defensor de esta causa, Julián Palacín Fernández, expresó que la Congresista Susana Vilca llegó al counter de LAN PERU a las 11.05 a.m. y que según reporte de CORPAC, el vuelo salió a las 11.39 a.m., es decir llegó 34 minutos antes y puso énfasis que según documentos del Ministerio de Transportes según el peso y balance declarado por LAN existía la posibilidad de embarcar 81 kilos más, además dijo que el Estado peruano le había autorizado a través de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) de operar el Air Bus A-319, con 143 pasajeros y en ese vuelo esta empresa sólo llevaba 138 pasajeros, es decir, tenía 5 espacios libres, por lo que es discriminatorio bajar a una congresista de una aeronave que tenía espacios libres y que el peso y balance le permitía su transportación.
Las empresas de aviación del mundo que inclusive realizan la práctica del overbooking o sobre venta esperan hasta el último minuto para embarcar a sus pasajeros y vuelan al 100%, LAN tenía la obligación de transportar a Juliaca a la congresista Susana Vilca, ya que ella había adquirido un billete de pasaje a través del Congreso de la República y tenía espacio confirmado, asimismo destacó que esta congresista era autora de un proyecto de ley que beneficiaba a los pilotos peruanos y le retiraba el privilegio, que un Decreto Legislativo reciente le dio a los pilotos chilenos para que vuelen dentro del Perú.
El Procurador del Congreso de la República del Perú, doctor Julio Ubillus Soriano, por acuerdo de la mesa directiva del Congreso interpuso una denuncia penal por discriminación y obstrucción de la función parlamentaria contra los directivos de LAN, en un escrito que ha ingreso al Despacho de la Fiscal de la Nación.