Pasajera de TACA pide a INDECOPI aclare quien prestó el servicio de transporte aéreo

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Aeronoticias.- La señora Julia Saldaña de Vigo de 87 años se ha convertido en América Latina en el símbolo de los derechos de los consumidores de los servicios de transporte aéreo en su tenaz lucha contra la empresa de Don Germán Eframovich Avianca-Taca, en razón a que este conglomerado opera en el Perú a través de Trans American Airlines autodenominada TACA PERÚ en una rara fusión en donde la compañía local no activo el seguro de aviación para atender a una pasajera accidentada.

Foto: Germán Eframovich tendrá que poner  en orden a sus empleados en Lima que omitieron pagar gastos médicos de pasajera de TACA accidentada

El 28 de setiembre de 2011, la pasajera realizó el procedimiento de abordaje a una aeronave Airbus A-320 que resultó ser de TACA INTERNACIONAL, sin embargo la pasajera dijo que ella compró el pasaje en TRANS AMERICAN AIRLINES TACA PERU, lo que requiere un pronunciamiento jurídico de la Dirección de  Asesoría Legal de la Dirección General de Aeronáutica Civil DGAC del Perú, en razón a que los permisos se le otorgan a TACA, pero la pregunta que hacen los pasajeros a cuál de las TACAS, ya que aquí hay varias personas distintas y una sola autoridad verdadera, lo  que podría a juicio de especialistas traer más de una complicación operativa, en relación a las obligaciones de certificación, permisos de aeronaves, responsabilidad, etc.

Es que según la pasajera Julia Saldaña de Vigo, la empresa de Don Germán Eframovich, TACA INTERNACIONAL sería la verdadera explotadora de la rutas del Perú, entonces la pregunta que se hizo es ¿por qué TRANS AMERICAN AIRLINES, que es una empresa solo de fachada se negó a pagar los gastos médicos con su operación en la clínica Tezza de Lima Perú y con total desprecio a la salud de una pasajera, se negó a cumplir con su propio contrato de seguro, ya que debió comunicar al reasegurador de aviación Willi’s para que se hagan cargo de la operación en la clínica y el post operatorio.
Existen muchas preguntas por responder por parte de las autoridades de aeronáutica civil del Perú DGAC, ya que extrañamente TRANS AMERICAN AIRLINES incumpliendo la Ley 27261, no comunicó este incidente a la autoridad aeronáutica a fin de que se aperture la investigación por una posible infracción aeronáutica.

Exhortamos al Crnel. FAP Ramón Gamarra Trujillo, Director de aeronáutica civil del Perú que en respeto a la Ley 29571, Código del Consumidor y a la Protección que los derechos de esta pasajera merece que informe si TACA PERU comunicó a la DGAC el accidente en rampa, ya que de no haberlo hecho la DGAC tiene que multar a TRANS AMERICAN AIRLINES.

El Ministerio de Transportes del Perú integra el Sistema Nacional Integrado de Protección al Consumidor, según el artículo 132 de la Ley 29571, sin embargo parece ser que en este caso la DGAC peruana no ha iniciado ni siquiera una investigación de oficio, lo que llevaría en los próximos días a la pasajera Julia Saldaña a interponer una queja a la presidencia del Consejo de Ministros y a la Defensoría del Pueblo.

Por último cabe agregar, que la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, Ley 27261 en su artículo 114 establece que TACA es responsable de la lesión que sufriera la señora Julia Saldaña de Vigo en el accidente que se produjo durante la operación de embarque en el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez y el artículo 157 de la referia ley, establece las infracciones que habría cometido TACA y las sanciones que merecería por el incumpliemiento a la disposiciones en esta ley, la misma que le exige a la empresa de Germán Eframovich una póliza de seguros y reaseguros para responder por estos daños, pero TACA PERU con soberbia ni siquiera comunicó al seguro o a la DGAC luego de este accidente, es por ello que el Director general de Aeronáutica Civil también podría ser responsable por permitirle a TACA PERU esta conducta de omitir comunicar a la DGAC un accidente de un pasajero en rampa.

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