(Aeronoticias).- El ex decano del Colegio de Abogados de Lima y constitucionalista, Raúl Ferrero Costa explicó que el poder para litigar otorgado el año 2003 al doctor César San Martín cuando trabajaba en un estudio de abogados debió haber sido revocado por el propio otorgante.
«Lo usual en estos casos es que quien realmente debe hacer la revocatoria es quien lo otorga; esa es la regla, eso es lo normal. Quien otorga el poder revoca el poder», enfatizó.
Ferrero Costa agregó además que lo normal en estos casos es que el otorgante sea quien le retire el poder. Muchas veces en la práctica lo que ocurre es lo que ha sucedido en este caso; el apoderado pasa a ejercer un cargo importante como la de Juez de la Corte Suprema, y se supone que el otorgante revocaría el poder ante un hecho como este.
Por otro lado, manifestó que la relación abogado-cliente no crea dependencia laboral del abogado frente a quien lo contrata.