Establecen plazos para pr

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Mediante resolución publicada hoy en el diario oficial El Peruano, la Autoridad Portuaria Nacional estableció los plazos de presentación de la documentación establecida para la prórroga de licencias de las agencias marítimas, fluviales y lacustres, así como de empresas y cooperativas de estiba y desestiba para ejercer sus actividades a partir de enero del 2009.

De este modo se establece el siguiente cronograma para la presentación de la documentación respectiva:

 

1. Del 02 de enero del 2009 hasta el 10 de enero del 2009, deberán presentar sus solicitudes las agencias marítimas.

 

2. Del 16 de enero del 2009 hasta el 20 de enero del 2009, deberán presentar sus solicitudes las empresas y cooperativas de estiba y desestiba marítimas.

 

3. Del 26 de enero del 2009 hasta el 30 de enero del 2009, deberán presentar sus solicitudes las agencias fluviales, agencias lacustres, empresas y cooperativas de estiba y desestiba fluviales y lacustres.

 
Aprueban formatos específicos para presentación de documentación

Asimismo, se aprobaron los formatos OPS 10 y OPS 11 a fin que las agencias marítimas, fluviales, lacustres, así como empresas cooperativas de estiba y desestiba, consignen bajo la condición de declaración jurada la información anual de las actividades durante el año 2008, la cual deberá ser enviada por vía electrónica a Iramirez@apn.gob.pe; eziegler@apn.gob.pe; asologuren@apn.gob.pe y documentariamente en formato Excel.
En tanto que las cartas fianzas o pólizas de seguro de caución para el período anual 2009 deberán ser emitidas a favor de la Autoridad Portuaria Nacional, tener una vigencia desde el 01/01/2009 hasta el 31/12/2009 inclusive y garantizar las obligaciones y responsabilidades como agencia marítima o agencia fluvial o agencia lacustre o empresa de estiba o desestiba o cooperativa de estiba y desestiba en el puerto donde se realiza sus actividades, conforme a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 010-99-MTC y demás normas modificatorias y complementarias”, teniendo en cuenta los montos establecidos en la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 022-2008-APN/DIR, y presentadas en este cronograma.

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