El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), a partir de las 00:00 horas de hoy, dispuso la suspensión precautoria de las operaciones de las empresas Corporación Súper Latino S.A. y San Cristóbal Línea Huaral S.A., tras detectarse irregularidades que representan infracciones contra el Reglamento Nacional de Administración de Transportes (RENAT).
La suspensión precautoria de las operaciones de la empresa Súper Latino, se debe a que esta empresa no contaba con el número de conductores necesarios para circular en recorridos mayores a 400 km; y comprende sus rutas Lima – Huacho – Barranca – Caraz y viceversa y Lima – Motupe – Olmos y viceversa.
La suspensión precautoria de las operaciones de la empresa Súper Latino, se debe a que esta empresa no contaba con el número de conductores necesarios para circular en recorridos mayores a 400 km; y comprende sus rutas Lima – Huacho – Barranca – Caraz y viceversa y Lima – Motupe – Olmos y viceversa.
Empresa no cumplía con dos conductores en viaje nocturno
De acuerdo con el RENAT, toda empresa que realice viajes diurnos por encima de las 5 horas u 4 horas en viajes nocturnos debe tener dos conductores, lo cual no cumplía la mencionada empresa.
Asimismo, el MTC suspendió a la empresa San Cristóbal Línea Huaral S.A. en su ruta Lima – Chancay – Huaral y viceversa, debido a la utilización de vehículos de transporte que no han aprobado la revisión e inspección técnica.
Asimismo, el MTC suspendió a la empresa San Cristóbal Línea Huaral S.A. en su ruta Lima – Chancay – Huaral y viceversa, debido a la utilización de vehículos de transporte que no han aprobado la revisión e inspección técnica.
Suspensión no comprende a rutas Lima-Huaraz ni Lima-Chimbote
Cabe destacar que la suspensión a esta empresa no comprende las rutas directas Lima – Huaraz y Lima – Chimbote – Trujillo – San Miguel.
El Reglamento Nacional de Administración de Transportes contempla que “sin perjuicio del procedimiento sancionador que corresponda, la suspensión precautoria del servicio se aplicará de modo inmediato cuando la autoridad competente advierta una o más causales”.
Además, el MTC ha dado instrucciones para que a partir de la entrada en vigencia de la suspensión precautoria, los inspectores de “Tolerancia Cero” ubicados en las salidas del norte de Lima, no permitan el paso a los ómnibus registrados ante el MTC de dichas empresas
El Reglamento Nacional de Administración de Transportes contempla que “sin perjuicio del procedimiento sancionador que corresponda, la suspensión precautoria del servicio se aplicará de modo inmediato cuando la autoridad competente advierta una o más causales”.
Además, el MTC ha dado instrucciones para que a partir de la entrada en vigencia de la suspensión precautoria, los inspectores de “Tolerancia Cero” ubicados en las salidas del norte de Lima, no permitan el paso a los ómnibus registrados ante el MTC de dichas empresas