NAVE DE AEROICA DONDE MURIERON 5 TURISTAS FRANCESES IBA SIN COMBUSTIBLE

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La Comisión Investigadora de Accidentes de Aviación (CIAA), presidida por Fernando Melgar Vargas, determinó que entre las probables causas del accidente aéreo de la avioneta Cessna U206C con matrícula 0B-1266, operada por la compañía Aeroica, que provocó la muerte de cinco turistas franceses y resultó herido el piloto Carlos Armando Bartra Basurto el pasado 9 de abril, se encuentra “el inadecuado control de la cantidad de combustible de parte del piloto, lo que resultó en una falta de combustible utilizable y la consecuente pérdida total de potencia y posterior apagado del motor Teledyne Continental IO-520-F, N/S: 574195, poco después del despegue” y “la falta de supervisión de la DGAC y Córpac al permitir que se lleven a cabo construcciones en las proyecciones de las pistas, sin tener en consideración las recomendaciones de la OACI (Organización de Aviación Civil Internacional)”
Asimismo, se indica como causas contribuyentes del accidente, la decisión del piloto de retornar hacia la pista 07 del aeródromo María Reiche Newman de Nasca teniendo en cuenta que se encontraba a baja altura y con poca velocidad.
Inadecuado sistema de control del combustible
Al igual que el inadecuado sistema de control en la adquisición, recarga y consumo de combustible de las aeronaves de la compañía AeroIca.
También, el incumplimiento de parte del piloto así como del mecánico de lo indicado en el Manual General de Operaciones y Manual General de Mantenimiento de la empresa AeroIca relacionado con el control y recarga de combustible previo al vuelo.
Igualmente, la falta de entrenamiento de transición del piloto, para la aeronave Cessna U206C de acuerdo a lo indicado en el Manual General de Operaciones, Manual de Instrucción y Entrenamiento, capítulo 1.a.17.4 Categorías de Entrenamiento, parte 4.3 Entrenamiento de Transición de AeroIca.
 

Falta de supervisión de la DGAC y Córpac

Además de la falta de supervisión de la DGAC y Córpac al permitir que se lleven a cabo construcciones en las proyecciones de las pistas, sin tener en consideración las recomendaciones del capítulo 4, restricción y eliminación de obstáculos del anexo 14 de la OACI.

Este informe, que Aeronoticias anunció en días pasado, y que hoy entrega en calidad de exclusiva fue elaborado por el presidente de la Comisión Investigadora de Accidentes de Aviación (CIAA), Fernando Melgar Vargas, junto a los integrantes de esta Comisión, conformada por Pilar Iberico, Juan Kôster Arauzo, Patrik Frykberg Peralta y Juan Figueroa Deza.

También participaron en la elaboración de este informe, Lucio Chicoma Fernández, especialista en aeronavegabilidad en aeronaves, tanto en sus sistemas y motor; y José Guido Fernández Lañas, piloto TLA, mono y multimotores terrestres.

 

 

 

Accidente a 430 metros de la pista 07 del aeródromo María Reiche

El accidente se registró el pasado 9 de abril, a las 15:30, a 430 metros de la cabecera de la pista 07 del aeródromo María Reiche de Nasca, Ica.

DGAC tuvo inadecuado control de las revisiones del Manual de Especificaciones de Operación (OPSPECS)

En las investigaciones se ha determinado que la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) tuvo un inadecuado control de las revisiones del Manual de Especificaciones de Operación (OPSPECS), al no mantener al día la Revisión correspondiente de dicho manual.

Asimismo, en lo referente a la calificación de la tripulación, el informe señala que no se evidencia la presencia de chequeador en los Informes Técnicos de Vuelo-ITV’s en vista de que el espacio  designado para tal fin se encuentra en blanco, por lo que estaría incumpliendo la Norma Técnica NTC-SDA-007-2002 del 24 de setiembre de 2002 y por ende la RAP (Regulaciones Aeronáuticas del Perú) 36 Capítulo 6.2.4.

 

Aeródromo María Reiche no presenta ayudas a la navegación

 

Según el informe, el aeródromo “María Reiche Newman”, no presenta ayudas a la navegación, todos los vuelos se llevan a cabo bajo condiciones VFR, según la RAP Parte 131. El VFR se efectuó según el Plan de Vuelo Radial, aprobado por la Torre de Control del Aeródromo de Nasca: frecuencia 121.90 MHZ”.

 

Aeronave se detuvo por falta de combustible

 

En torno a la performance de la aeronave, el informe señala que “de acuerdo a las evidencias de los restos de la aeronave, del motor y de la hélice en el lugar del accidente, así como del material fotográfico proporcionado por el personal del SEI del Aeródromo María Reiche Newman, tomado aproximadamente 25 minutos después de ocurrido el accidente, se podría determinar que la aeronave no logró la performance para la cual fue diseñada debido a que el motor se detuvo por falta de combustible usable”.

 

Sistemas de aeronaves y sistema de combustibles

El informe detalla que la cantidad de combustible usable para todas las condiciones de vuelo es de 31.5 galones para tanques estándar y de 40 galones para tanques de largo alcance.

 

El informe señala que “a pesar de que la información registrada en el Informe Técnico de Vuelo Nº 004869 indica que sí se efectuó una recarga de combustible para llevar a cabo el 5to vuelo (vuelo del accidente), la evidencia física de los restos de la aeronave en el lugar del accidente (tanques de combustible perforados y deformados, líneas de combustible rotas, motor arrancado del fuselaje de la aeronave con el tubo de escape expuesto y las palas sin signos de rotación al momento del impacto, batería fuera del compartimiento y expuesta a la intemperie) indiquen que al momento del accidente la aeronave tenía muy poco o ningún combustible en sus tanques”.
Asimismo revela el informe que “de haber tenido la aeronave combustible al momento del accidente, y teniendo en consideración la magnitud del impacto y las condiciones existentes, hubiera ocurrido un incendio”.

 

Daños a la aeronave

 

La aeronave Cessna U206C de matrícula OB-1266 al intentar retornar hacia la pista 07 del aeródromo María Reiche impactó primero con unos cables sujetos por unos postes, luego el tren principal derecho impactó contra el segundo piso de una construcción de aproximadamente 6.20 metros de altura. La distancia recorrida entre el impacto inicial contra la construcción y el primer impacto contra el terreno fue de 38 metros aproximadamente, la distancia recorrida entre el primer impacto contra el terreno y la posición final de los restos fue de 4.32 metros aproximadamente.

 

Cinco pasajeros fallecieron como consecuencia del accidente

Los cinco pasajeros que iban a bordo de la aeronave, fallecieron como consecuencia del accidente. No se les practicó necropsia y los cadáveres fueron trasladados hacia la ciudad de Lima al día siguiente para su posterior traslado a Francia. Al no contar con esta información, no se pudo establecer la causa exacta de la muerte de los pasajeros.

 

Vea el Informe del accidente de AEROICA haciendo click en el siguiente enlace:

 

02 Acciden de la aeronave CESSNA U206C, serie U2060916, matricula OB-1266, operada por la compañía AERO ICA S.R.L. ocurrido el 09 de abril de 2008 a 430 metros de la cabecera de la pista 07 del Aeródromo "María Reiche Newman"

 

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