(Aeronoticias) El Congresistas Yonhy Lescano se pronunció en televisión sobre la precariedad de Aeropuertos Andinos del Perú (APP) del Consorcio Kuntur Wasi, con motivo de la muerte del pasajero Willy Cota Encinas, destacando que este Consorcio que ha ganado la licitación del Aeropuerto Internacional de Chincheros en el que participan la Corporación América, no manejaba bien si quiera el Aeropuerto de Arequipa.
Debemos recordar, que APP está dentro del holding multinacional de capitales argentinos y Andino Investment Holding que es un grupo empresarial peruano, integrado por empresas líderes del sector logístico portuario y marítimo y que explotan los Aeropuertos Rodríguez Ballón de Arequipa, Inca Manco Cápac de Juliaca, Puerto Maldonado, Coronel FAP Carlos Ciriani Santa Rosa de Tacna y Coronel FAP Alfredo Mendivil Duarte.
APP incumplió la Norma Técnica Complementaria NTC-005-2013 expedida por el Gobierno del Perú DSA-DGAC sobre los servicios médicos en los Aeródromos, en concordancia con la obligación del Estado peruano de cumplir con el anexo 9 sobre facilitación al Convenio sobre Aviación Civil Internacional, que establece que el Perú asegurará que en sus aeropuertos se mantengan instalaciones y servicios para la prestación de primeros auxilios en el lugar y que se cuente con los debidos arreglos para el traslado de los enfermos graves.
Lo cierto es, que APP estaba obligada por esta Norma a contratar con clínicas privadas y a tener un servicio a cargo de un médico y una enferma dentro del Aeropuerto de Arequipa y entre los requisitos que establece la norma, APP tenía que tener un desfibrilador, que le hubiera podido salvar la vida a Willy Cota Encinas, que deja una esposa y una hija en la orfandad.
Asimismo, se ha detectado no solo la falta de un médico y un área de 20 metros cuadrados con 3.30 de ancho, con camillas para examen, camilla a ruedas portátil y desmontable y mantas y otros insumos y fármacos, sino que además no se ha cumplido en coordinación con la DGAC del MTC con la capacitación en medicina aeronáutica, entre otras inconsistencias.
Según una fuente de la Comisión de Derecho Aeronáutico del Colegio de Abogados de Lima, APP no ha cumplido con el Documento 9137 parte 07 de la OACI y con el anexo 9 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional, que obliga al Perú y que los Concesionarios de Aeropuertos tienen que cumplir bajo responsabilidad de ser sancionados por OSITRAN y la Junta de Infracciones y Sanciones de la DGAC.
Según el Congresista Yonhy Lescano, este hecho ocurrido en Arequipa prueba que Aeropuertos Andinos del Perú que pertenece al mismo grupo empresarial que ganó la Concesión del Aeropuerto Internacional de Chinchero, no tendría el expertis aeroportuario que se requiere en cumplimiento a los instrumentos internacionales de aviación vigentes, a la Ley 27261 – Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento y Anexos técnicos, a las Regulaciones Aeronáuticas del Perú y demás Normas complementarias, e inclusive hasta la fecha no ha cumplido con su obligación de indemnizar a los herederos del pasajero Willy Cota Encinas fallecido, dentro de los parámetros del Convenio de Montreal de 1999, que establece el pago de las sumas que borden los 500 mil dólares por pasajero cuando hay culpa inexcusable.