Otro Laudo Arbitral 3169-2015/CCL de Fernando Cantuarias Salaverry contra el Ministerio de Transportes y Comunicaciones

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(Aeronoticias) Ubicamos el Laudo Arbitral 3169-2015/CCL OBRAINSA CONCESION VALLE DEL ZAÑA S.A. contra el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) en el que el Tribunal Arbitral estuvo integrado por FERNANDO CANTUARIAS SALAVERRY, Carlos Cárdenas Quirós  como árbitros y ambos nombraron Presidente del Tribunal Arbitral a Ricardo Rodríguez Ardiles, y  a ¿quién creen que le dieron razón?, pues a la empresa privada OBRAINSA, según la siguiente decisión:

PRIMERO: FUNDADA en parte la primera pretensión de la Demanda y en consecuencia, corresponde reconocer a favor de OBRAINSA la ampliación de plazo por sesenta (60) días calendario de doscientos cincuenta (150) días solicitados y no reconocidos en su totalidad, a través de la ampliación de plazo para la construcción de la Unidad de Peaje e INFUNDADO en el extremo referido a ordenar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones el pago de los correspondientes gastos generales de obra variables ascendentes a la suma de S/. 1’335,371.93 más el Impuesto General a las Ventas y los intereses que se devenguen hasta la fecha efectiva de pago conforme a las consideraciones expuestas.

SEGUNDO: FUNDADA la segunda pretensión de la Demanda y en consecuencia, corresponde reconocer y pagar a OBRAINSA el saldo impago de los gastos generales de obra variables relativos a la ampliación de plazo que le fue otorgada por setecientos treinta y ocho (738) días calendario, ascendentes a la suma de S/ 5’908,255.96, más  el Impuesto General a las Ventas y los intereses que se devenguen hasta la fecha efectiva de pago.  La tasa de interés legal a considerarse para el cálculo de intereses deberá aplicarse en términos nominales.

TERCERO: FUNDADA la tercera pretensión de la Demanda y en consecuencia, dejar sin efecto la ampliación de plazo por ciento treinta y seis (136) días calendario impuesta a OBRAINSA, por causas que le eran supuestamente imputables, y dejar sin efecto la aplicación de penalidades.

CUARTO: FUNDADA La Cuarta pretensión de la Demanda y por ende, declarar que la aprobación del Programa de Ejecución de Obras (PEO) era requisito para el inicio de la construcción de la Unidad de Peaje, de conformidad a lo establecido en el Contrato de Concesión para la Construcción, Conservación, y Explotación del Tramo Vial Nuevo Mocupe –Cayalti- Oyotun.  Asimismo, declarar que resulta razonable que OBRAINSA CONCESION VALLE DEL ZAÑA S.A. haya suspendido la ejecución de la Unidad de Peaje en espera de su aprobación, hasta la fecha en que dio inicio de las actividades de construcción producida el 31 de marzo del 2014.

QUINTO: FUNDADA en parte la pretensión accesoria a la cuarta pretensión de la demanda y por ende, RECONOCER una ampliación de plazo por ciento treinta y siete (137) días calendario, correspondiente al periodo que OBRAINSA CONCESION VALLE DEL ZAÑA S.A. estuvo a la espera de la aprobación del Programa de Ejecución de Obras (PEO) e INFUNDADA en el extremo que se ordene al Ministerio de Transportes y Comunicación el pago de los correspondientes gastos generales de obras variables, ascendentes a la suma de S/ 3’049,099.24, más  el Impuesto General a las Ventas y los intereses que se devenguen hasta la fecha efectiva de pago.

SEXTO: FUNDADA la quinta pretensión de la demanda y en consecuencia, declarar que el plazo específico para la construcción de la Unidad de Peaje debe empezar a computarse desde el 31 de marzo del 2014.

SEPTIMO: INFUNDADA la sexta pretensión de la demanda y en consecuencia, no corresponde ordenar al Ministerio de Transportes y Comunicación el pago de los costos que el presente arbitraje irrogó a OBRAINSA.

OCTAVA: DISPONER que cada parte asuma el 50% de los honorarios del Tribunal Arbitral y de la Secretaria Arbitral, así como los propios costos en los que haya incurrido.

NOVENA: FIJAR los honorarios del Tribunal Arbitral y de la Secretaria Arbitral, en los montos previamente cancelados.

Ver Laudo:  Caso Arbitral 3169-2015-CCL Obrainsa Concesión Valle del Zaña S.A. Vs MTC

Al respecto, el Vicepresidente de la Comisión de Estudio sobre Políticas Criminales contra los Delitos de Corrupción de Funcionarios, Lavados de Activos y Criminalidad Organizada del Colegio de Abogados de Lima (CAL), Yuri Iván Zúñiga Castro, pidió al Fiscal Marcial Eloy Paucar Chappa que investigue quien dentro del Ministerio de Transportes nombraba Árbitros que fallaban en contra del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y se debe de investigar si este arbitraje fue materia de un recurso de nulidad a las Salas Comerciales ya que todo fue a favor de OBRAINSA y en perjuicio del MTC.



 

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