(Aeronoticias): La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) dio por concluida la designación de Julián Palacín Gutiérrez como presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).
En su reemplazo colocó a la abogada Karen Cáceres Durango, quien era la secretaria administrativa de la PCM desde diciembre del 2022. La Resolución Suprema n° 051-2023 sustenta que Palacín no cumple los requisitos mínimos establecidos en la Ley 31419 para ejercer el cargo; sin embargo, el profesor e investigador de la PUCP José Távara explica que esta misma ley precisa que solo se aplica para funcionarios de libre remoción y que no es el caso del presidente de Indecopi.
De esta manera, lo correcto hubiera sido apelar al artículo 6 del Decreto Legislativo 1033, que establece que la remoción de estos cargos solamente procede por casos de falta grave, debidamente justificada y con derecho a la defensa.
“Los cargos tienen que tener un mandato de duración definida, tienen que estar libres de presiones, lo que se logra de alguna manera con impedir la remoción arbitraria, y es lo que a mi juicio ha ocurrido, porque han vulnerado claramente el artículo 6 del DL 1033, apelando a otro decreto legislativo que establece una interpretación engorrosa, muy poco transparente y discrecional”, explicó Távara a La República.
Si bien el profesor Távara afirmó no conocer la trayectoria de la señora Cáceres, expuso que es un “grave problema” cuando los miembros del Consejo Directivo de una entidad como Indecopi han ocupado cargos de confianza en otros ministerios. “Es a través de los canales de presión política que se transmiten las presiones de los grupos de poder, que a veces tienen procedimientos en curso en el Indecopi. Lo cual es gravísimo”, enfatizó.
Fuente: Larepública.pe