(Aeronoticias).- El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) estableció este jueves que los migrantes retornados tendrán plazo de cuatro meses para solicitar ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) los incentivos tributarios para la importación de sus bienes del exterior.
Dichos incentivos tributarios se otorgarán mediante resolución emitida por el área competente de la Sunat y tendrán vigencia de seis meses computados desde la fecha de su notificación; la decisión de la autoridad tributaria podrá ser impugnada.
De acuerdo al Reglamento del Artículo 3º de la Ley de Reinserción Económica y Social para el Migrante Retornado publicado hoy por el MEF, los beneficiarios deberán contar con la Tarjeta del Migrante Retornado y el plazo de cuatro meses para la solicitud de los beneficios se computarán a partir de la obtención de dicho documento.
Los bienes importados en el marco de los incentivos tributarios del migrante retornado no serán transferidos a terceros en un plazo no mayor a los tres años.
La ley permitirá la importación de vehículos, bienes vinculados a su actividad productiva, así como bienes de capital que serán considerados aquellos que figuren como tales en el Clasificador por Uso y Destino Económico (CUODE), y no se considerarán a las partes, piezas y repuestos de acuerdo a lo establecido en el Arancel de Aduanas, así como a los insumos, materias primas, productos intermedios y productos para la venta.
Con información de Andina