Yuri Iván Zuñiga postula al Consejo de Ética CAL 2016-2017

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(Aeronoticias) Crece el consenso para que el abogado Yuri Iván Zuñiga Castro Reg. CAL 41009, sea elegido al cargo de Consejero de Ética en el periodo 2016-2017 del Colegio de Abogados de Lima, en las elecciones que se llevarán a cabo en la Asamblea de Delegados del CAL.

El compromiso con el gremio es el siguiente:

1. Impulsar una doctrina ética que le permita al Ilustre Colegio de Abogados de Lima precedentes que nos permitan recuperar la imagen de la abogacía peruana.

2. Lograr la jurisprudencia ética que impida que colegas sancionados por el Tribunal de Honor del CAL en última instancia, se incorporen a otros Colegios Profesionales para seguir ejerciendo, burlándose del Código de Ética de los Colegios de Abogados del Perú (caso Víctor Girao Alatrista).

3. Someter a procedimiento de ética a los ex Directores de Economía del CAL que durante su gestión hubieran contratado con empresas de sus hermanos, cuñados y familiares en general.

4. La misión fundamental de los abogados es defender y aconsejar a nuestros clientes con diligencia y en sostener el derecho y la justicia, sin embargo el Consejo de Ética del CAL no ha sometido a investigación los casos más graves de ética profesional, en donde malos colegas se apropiaban de propiedades ensuciando la abogacía, por lo que se deberán iniciar investigaciones de oficio para recabar los medios probatorios y empadronas a los agraviados.

5. Mi profunda convicción en una política gremial anticorrupción, la pongo al servicio de los dignísimos Delegados a los que pido un voto de confianza.

6. El Ilustre Colegio de Abogados de Lima deberá liderar a través del Consejo de Ética, el registro de sanciones éticas a nivel nacional, para que los casos como el de Víctor Girao Alatrista sancionado a 5 años de separación del CAL Exp. 155-2012 en todo el territorio nacional, sancionado por el Tribunal de Honor del CAL a 2 años más en el Exp. 269-2012 y por el Colegio de Abogados del Callao a 2 años más Exp. 005-2012, no se permita que se incorpore al Colegio de Abogados de Huancavelica y siga ejerciendo, burlándose del Código de Ética de los Colegios de Abogados del Perú.

El Art. 53 del Código de Ética de los Colegios de Abogados del Perú, establece que las sanciones éticas rigen en todo el territorio nacional, sin embargo para abogados cuestionados y comprometidos con la corrupción, las sanciones que impone el Tribunal de Honor del CAL rigen solo en Lima y esta es la cultura de la impunidad y una tarea a futuro para identificar a quienes manchan la imagen de la abogacía con este predicamento antiético.