(Aeronoticias): Aviación Digital, Sp.- Que un litigio por recortes a las primas de energías renovables termine impactando en los flujos de ingresos de un proveedor de servicios de navegación aérea parece, a primera vista, un escenario remoto. Sin embargo, el embargo en Bélgica de 482,4 millones de euros en tasas de navegación aérea que Eurocontrol debía transferir a ENAIRE ha convertido esa hipótesis en un caso real que obliga al sector a revisar sus supuestos sobre inmunidad soberana, riesgo jurídico y protección de los cash flows críticos para el sistema ATM.
La cuestión ya no es solo cuánto se embarga y por qué, sino hasta qué punto los ingresos derivados del control de tráfico aéreo pueden quedar expuestos a litigios ajenos al propio servicio, y qué implica esto para la planificación financiera, la reputación país y la estabilidad de la red europea.
El caso: 482,4 millones de tasas embargadas en Bélgica
Un tribunal de primera instancia en Bruselas ha autorizado el embargo cautelar de 482,4 millones de euros correspondientes a tasas por servicios de navegación aérea que Eurocontrol recauda y debía abonar al Reino de España a través de la entidad pública ENAIRE. Según una carta remitida por la responsable jurídica de Eurocontrol, Ann Frédérique Pothier, al órgano judicial belga, el organismo pone a disposición del juez una deuda exacta de 482.408.457,17 euros, en concepto de tasas de ruta y aproximación atribuidas a España.
El embargo se enmarca en la ejecución de laudos arbitrales internacionales derivados de los recortes retroactivos a las primas de renovables, por importes en torno a 29,3 millones de euros más intereses, en favor de fondos inversores que han optado por perseguir activos o créditos del Estado español en jurisdicciones donde pueden ser trabados. La novedad para el sector aeronáutico es que el vector elegido son pagos periódicos vinculados a la prestación de servicios de navegación aérea, canalizados a través de cuentas sometidas a jurisdicción belga.
Eurocontrol, ENAIRE y el marco jurídico europeo
El caso solo se entiende si se coloca sobre la arquitectura institucional que vincula a Eurocontrol y los proveedores nacionales de servicios de navegación aérea. En virtud del Convenio de Eurocontrol y de la normativa europea sobre tasas de navegación aérea, el organismo con sede en Bruselas centraliza la facturación y recaudación de tasas de ruta, transfiriendo posteriormente a cada Estado miembro los importes que le corresponden según el tráfico gestionado.
España, a través de ENAIRE, actúa como proveedor designado de servicios de navegación aérea en el FIR/UIR Madrid y Barcelona, además de prestar servicios en determinados aeropuertos, de modo que una parte sustancial de sus ingresos regulados procede de las tasas de ruta y aproximación recaudadas por Eurocontrol. Que un tribunal belga haya aceptado intervenir estos flujos revela hasta qué punto el derecho internacional público, el arbitraje de inversiones y las reglas inmunitarias tradicionales pueden reinterpretarse cuando los acreedores buscan activos estatales líquidos y fácilmente localizables.
Precedentes y acumulación de presión financiera sobre ENAIRE
El embargo actual no es un incidente aislado, sino el último eslabón de una cadena de medidas similares. En julio de 2025, un tribunal belga ya había autorizado el bloqueo de más de 200 millones de euros en ingresos de ENAIRE a raíz de otro laudo favorable a inversores en energías renovables, elevando la suma total de fondos embargados vinculados al gestor español de navegación aérea a 482,4 millones en apenas unos meses.
Este patrón muestra una estrategia consistente de los acreedores: localizar puntos de cobro previsibles y jurídicamente accesibles —como las transferencias periódicas de Eurocontrol a ENAIRE— y utilizarlos como palanca de presión para forzar el pago de indemnizaciones relativamente menores en origen. Desde la perspectiva de gestión financiera, supone que una deuda arbitral por debajo de 200 millones de euros se ha traducido en el bloqueo de importes más del doble, tensionando la tesorería de un proveedor de servicios críticos y generando incertidumbre sobre la estabilidad de sus ingresos regulados.
Impacto operativo: ¿riesgo real para la continuidad del servicio?
Por el momento, ENAIRE ha subrayado que el origen del embargo es “completamente ajeno” a su gestión y reside en un procedimiento arbitral en materia de renovables contra el Estado, insistiendo en que la prestación de servicios de navegación aérea continúa con normalidad. A corto plazo, el bloqueo afecta a flujos financieros, no a la estructura técnica de centros de control, sistemas CNS/ATM o dotación de controladores, por lo que no se han reportado restricciones operativas ni degradación del nivel de servicio.
Sin embargo, los profesionales del sector saben que los ingresos regulados ligados a tasas son el combustible que alimenta inversión en modernización, resiliencia de sistemas, redundancias técnicas y formación avanzada, elementos todos alineados con iniciativas como el Cielo Único Europeo y el despliegue de soluciones SESAR. Si una parte relevante de esos flujos queda inmovilizada durante un periodo prolongado por litigios ajenos al propio servicio, el riesgo no es un “apagón” inmediato, sino una erosión progresiva de la capacidad de inversión y de la flexibilidad ante picos de demanda o contingencias.
Gobernanza y riesgo país: señales para la red europea ATM
El caso envía una señal incómoda al ecosistema de gobernanza de la aviación europea: el hecho de que ingresos generados por la prestación de un servicio esencial, regido por un marco tarifario comunitario, puedan ser embargados en un tercer procedimiento ajeno al transporte aéreo. Para operadores, aerolíneas y demás ANSP, esta situación abre varios interrogantes: ¿hasta qué punto pueden considerarse “protegidos” los flujos derivados de tasas de navegación aérea?, ¿qué margen tienen los Estados para blindarlos frente a la ejecución de laudos de inversión?
Desde la óptica de riesgo país y reputación, el hecho de que tribunales en Bélgica, Estados Unidos, Reino Unido o Australia hayan ido desmontando argumentos de inmunidad soberana sobre activos vinculados a España demuestra que los acreedores cuentan con una batería de jurisdicciones dispuestas a dar curso a sus reclamaciones. Esto sitúa a ENAIRE, como gestor de navegación aérea y accionista mayoritario de Aena, en el centro de una presión financiera e institucional que trasciende su perímetro técnico, pero que puede condicionar su posición en futuros procesos de financiación o cooperación internacional dentro de la red ATM europea.
¿Necesita el sector un “anillo de seguridad” financiero para las tasas de navegación aérea?
Más allá del caso concreto, el embargo en Bélgica alimenta el debate sobre si los ingresos derivados de las tasas de navegación aérea deberían contar con un “anillo de seguridad” jurídico específico, al estilo de los mecanismos de protección que se han planteado para infraestructuras críticas. Una posible línea de reflexión es si los Estados y Eurocontrol deberían explorar cláusulas o estructuras que limiten la posibilidad de embargar directamente créditos relacionados con la seguridad operacional y la continuidad del servicio aéreo, preservando al mismo tiempo el cumplimiento de obligaciones internacionales.
Fuente: aviacionaldia.com



