(Aeronoticias): Con una bajeza sin límite, el nefasto régimen del actual reo rematado Alejandro Toledo Manrique y su mayoría parlamentaria entre el año 2001 y 2006, bajo el pretexto de facilitar proyectos de inversión de desarrollo, prestación de servicios públicos y de necesidad y utilidad pública; se estableció un modelo de permanentes fraudes en agravio del Estado, teniendo a PPK como Ministro de Economía y Finanzas y Primer Ministro; y su primer acto de gobierno, con el voto de su Consejo de Ministros, fue modificar la Ley de Compra y Adquisición de Servicios del Estado, vía facultades de iniciativa legislativa. En el 2001 remite proyecto de ley para su aprobación en el Congreso, de esa modificación, permitiendo que las empresas que adeuden impuestos, procesos judiciales con el Estado y sometidas a otros tipos de investigaciones, puedan postular como consorciados.
Esta perversa modificación legislativa, se hizo para que Odebrecht, Camargo y Correa y otras empresas brasileñas (según investigación del Diario La República de aquella época) se adjudicaran 41 proyectos de leyes de obras, que terminaron en manos de estas Constructoras, por un monto de 35 mil millones de dólares; sin que los Organismos Fiscalizadores hayan podido establecer los excesos en costos y los valores reales de estas obras. Pero lo que resulta evidente, con el dominio de mercado por el llamado Cartel de la Construcción, con este monopolio coparon gran porcentaje de las obras en todo el territorio nacional con graves consecuencias económicas, discriminando a Constructoras Nacionales, quiebre de la moral de la clase política, corrupción de funcionarios de la alta dirección; con la atingencia que al dejar la función pública, desde Toledo, PPK, Ministros y empleados públicos, utilizaron la desafortunada ley, para que directamente pidieran coimas por las cuales se ven ahora procesados.
Para lograr estos nefastos propósitos, contó siempre con leyes del Congreso, cómplice para los fines expoliadores, felonía contra el país, tuvo su correlato en la impunidad; negro episodio en nuestra historia política del país, y que la responsabilidad política y penal por estos actos no se originan por la fiscalización del Poder Legislativo, al abdicar sus facultades de evaluación legal, ética y moral de la gestión pública, abriendo espacios oscuros en el Ministerio Público y el Poder Judicial, como un apéndice de la justicia brasileña. Finalmente que diría Don Ramon Castilla en su Constitución de 1856, cuando sanciona los delitos de lesa patria, de someter de alguna forma nuestra soberanía institucional a otro país.

Por: Julio Ubillus Soriano



