Julián Palacin Fernández al MTC: Enmienda a la RAP 311. Servicios de Tránsito Aéreo la importancia de definir el momento para aplicación de normas con la finalidad de que no queden en letras muertas

Ministro de Transportes Juan Silva debería consultar a los expertos en Derecho Aéreo y Aeropuertos del Plan de Gobierno de Pedro Castillo, todas las propuestas actuales de los funcionarios de la DGAC de los gobiernos anteriores.

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(Aeronoticias): El 19 de setiembre del presente año, la DGAC publica la nueva Regulación Aeronáutica del Perú, RAP 311 Servicio de Tránsito Aéreo cuyo fin es de establecer el marco normativo que rige la gestión de una ATSP (Proveedor de Servicios de Tránsito Aéreo). https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/390287/Texto%20de%20Regulaci%C3%B3n%20.pdf, afirmó el abogado Julian Palacin Fernandez, Ex Presidente de la Corporación Peruana de Aeropuertos de Aviación CORPAC y Ex Miembro del Equipo Técnico del Presidente de la Republica, Pedro Castillo.

En esta norma -dijo- que está llena de nuevas incorporaciones y modificaciones, establece el marco operacional en el que deben operar los servicios de tránsito aéreo en el Perú, e incluye entre otros el Apéndice 14 “Gestión de Fatiga” basado en el Manual para la supervisión de los enfoques de gestión de la fatiga (Doc. 9966 de la OACI) la misma que contiene orientación para la elaboración y aplicación de reglamentos prescriptivos sobre gestión de la fatiga, horas de trabajo que deben laborar los controladores de tránsito aéreo, así como los procesos para asignación de horas extras en el servicio, etc.

Esas normas, así como otras dispuestas en la mencionada RAP 311, son muy importantes para el desarrollo de una eficiente gestión del ATSP, sobre todo salvaguardando la salud del personal aeronáutico que redundará en fortalecer la seguridad de las operaciones aéreas, sin embargo, el problema que se está presentando y consideramos grave es establecer y exigir su implementación en un momento en el que aún no salimos de la pandemia ocasionada por la COVID -19. Por ejemplo, no cabe duda de que la cantidad de controladores, técnicos y trabajadores en CORPAC S.A. ha sido mermada como resultado de muertes y afectaciones en salud de sus trabajadores, ¿habrá considerado la DGAC esa variable?, pareciera que no.

Fuentes internas de Corpac señalan que existe un déficit de personal aeronáutico, operacional (controladores de tránsito aéreo, meteorólogos, comunicadores, etc.) y técnico (Ingenieros en sistemas, electrónicos, mecánicos, etc.) que no permitirían implementar tales disposiciones, lo que haría que las normas nuevamente caigan en letra muerta.

Urge una acción inmediata por parte del ministro de Transportes y Comunicaciones, para disponer a la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) que previa evaluación de la situación de CORPAC se establezca un tiempo perentorio para la aplicación de algunas partes de la Regulación de tal forma que exista coherencia con la emergencia sanitaria y los efectos que el COVID 19 viene ocasionando en la gestión de las empresas del Estado, si no se hace esto, el remedio será peor que la enfermedad.

El Perú necesita que las normas se respeten, y para ello antes de establecerlas es necesario conocer a fondo la realidad del país y no se conviertan en normas inaplicables, y que, por el contrario, generen un ramillete de problemas que el Perú no debe tener.

Por ultimo el especialista afirmó que sus 44 años de experiencia en Aviación Civil, Transporte Aéreo, Política Aérea, Turismo y Aeropuertos, están en el Plan de Gobierno que jefaturó en Perú Libre en el sector Transportes y que se tiene que hacer en los 5 años en beneficio del pueblo peruano.

Perú Libre: Las dudas sobre Julián Palacín, del equipo técnico de Pedro  Castillo

Por: Plana Periodística

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