Decano del Colegio de Abogados del Callao se refirió al caso Girao

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(Aeronoticias).- En la revista Justo Medio, en la edición Número 60, mayo 2013, el decano del Colegio de Abogados del Callao -CAC-, Dr. Francisco Cano Rivera, se refirió al grave precedente institucional para los Colegios de Abogados del Perú, que significa el «comportamiento del agremiado Víctor Octavio Girao Alatrista». Debemos recordar que por primera vez en la historia del derecho peruano, un agremiado sancionado disciplinariamente por el Colegio de Abogados de Lima sorprende al Colegio de Abogados del Callao y se incorpora como colegiado con la finalidad de seguir ejerciendo la profesión, y de esta forma burlarse del Código de Ética de los Colegios de Abogados del Perú.

Ese es el caso de Víctor Girao Alatrista, quien tiene pendiente un procedimiento disciplinario sancionador en el Colegio de Abogados del Callao, cuya sentencia ética de separación o expulsión se expediría este mes de mayo, y cinco procesos disciplinarios seguidos ante la Dirección de Ética Profesional del Colegio de Abogados de Lima, que están en su etapa final.

El Dr. Francisco Cano Rivera, decano del CAC, declaró a la revista Justo Medio que a pesar de las diferencias encontradas, como pareciera que: «garantizar la idoneidad en el ejercicio de la profesión», les es común a los colegios, dijo el decano. Agregó que «El caso de Víctor Girao Alatrista es una demostración que (al parecer) esta misión tiene muchas dificultades en cumplirse». Se ha dilatado el tiempo en tomar una decisión.

Justo Medio le preguntó: ¿Qué hará su gestión para cumplir escrupulosamente esa parte de la misión de su institución? Y el decano del CAC dijo: «Actualmente existe un Código de Ética Profesional y su reglamento está rigiendo ya a nivel de todos los colegios. Esto con la finalidad de que sea uno solo el procedimiento que se siga cuando exista alguna sanción contra algún abogado que atente contra la ética profesional y sobre todo que se cumplan estas sanciones que se imponen. De tal forma que aquel profesional que sea inhabilitado, suspendido o tal vez hasta expulsado de un Colegio Profesional (como fue el caso de la sanción del Colegio de Abogados de Lima contra Víctor Girao), ya no puede ingresar a otro Colegio Profesional».

Las nuevas generaciones de abogados tienen en el precedente Víctor Octavio Girao Alatrista el caso típico de un comportamiento antiético que no deben imitar. Un abogado sancionado por su colegio profesional de origen tiene que someterse al Código de Ética de los colegios de abogados del Perú, que dice que las sanciones rigen en todo el territorio nacional. Sin embargo, el sancionado abogado Víctor Girao, con la finalidad de incumplir la sanción disciplinaria que le impuso el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados de Lima en forma antiética sorprende al Colegio de Abogados del Callao y se incorpora con la finalidad de no acatar la sanción disciplinaria que le impuso el CAL y seguir ejerciendo la profesión, como de hecho lo hizo. Esto originó que el procurador del Poder Judicial denuncie penalmente al Víctor Girao Alatrista por la presunta comisión del delito contra la administración pública – usurpación de autoridad, títulos y honores (ejercicio ilegal de la profesión en agravio del Ilustre Colegio de Abogados de Lima y el Ilustre Colegio de Abogados del Callao).

A su vez, el fiscal provincial penal titular de la 19 Fiscalía Provincial Penal de Lima, el 26 de diciembre de 2012 formalizó denuncia penal contra Víctor Girao Alatrista y el juez del 22 Juzgado Penal de Lima, Dr. Hermilio Vigo Zevallos, le abrió instrucción penal el 11 de marzo de 2013 con mandato de comparecencia restringida y embargo de sus bienes.

Consideramos que las universidades nacionales y privadas que enseñan la carrera de derecho deben, en sus cursos de ética profesional, tratar este caso tipo para que los jóvenes que deciden seguir la carrera de derecho, entiendan la importancia que tiene para la abogacía peruana la ética profesional, que significa un cúmulo de principios y valores que debe tener el abogado ya que quien no acata una resolución del Tribunal de Honor de su colegio de origen, sorprende a otro colegio profesional, sorprende además a la Corte Superior de Justicia de Lima y del Callao, siguiendo ejerciendo la profesión de abogado cuando estaba legalmente impedido de hacerlo, es un grave precedente que no tiene que ser pasado por alto en la historia del derecho peruano.

Pinchar aquí para leer la edición de Justo Medio.

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