Luego que el gobierno peruano a través del Decreto Supremo Nº 018-2009-MINAM apruebe hoy el Reglamento de Uso Turístico de las Areas Naturales Protegidas, recurrimos a la jurisprudencia y a la doctrina judicial de los juzgados en lo civil de Lima en relación a la defensa de los manglares de Tumbes que en su momento fueron objeto de una histórica resolución del 21º Juzgado en lo Civil de Lima que en 1991, despachaba el doctor Raúl Rosales Mora que declaró fundada la acción de amparo presentada por la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) contra diversos funcionarios del Estado de la época que permitían negligentemente la constante depredación y deterioro de la zona del bosque de los manglares de Tumbes.
Debemos recordar que la zona de los bosques de manglares de Tumbes, ha venido siendo depredada severamente en los últimos años como consecuencia de la presión constante que ejercen las empresas langostineras de la zona, las cuales en el afán de construir sus posas de crías y engorde en áreas aledañas al bosque comenzaron a quemar y secar los manglares para lograr la ubicación deseada.
Aeronoticias apoya este Decreto Supremo expedido por el presidente Alan García Pérez que pondrá en vigencia el reglamento de uso turístico de áreas naturales protegidas y rinde homenaje al Poder Judicial del Perú que antes de los fatídicos y anticonstitucionales hechos de 1992 a través de uno de los jueces más probos de la época el magistrado Raúl Rosales Mora, declaró fundada la primera acción de amparo para proteger el uso turístico e impedir la depredación de estas áreas naturales que 18 años después de este antecedente de la doctrina judicial del Perú, tiene hoy el respaldo de un Decreto Supremo que permitirá la conservación y la preservación de los manglares de Tumbes.
Consideramos que a este magistrado Dr. Raúl Rosales Mora por su histórica Resolución declarando fundada la primera acción de amparo en defensa de este patrimonio turístico natural del Perú deberá ser recordado como «el Defensor de los manglares de Tumbes», valga pues la oportunidad para reconocer el aporte de la doctrina judicial en las normas que años después se dictan para preservar las áreas naturales protegidas.