Julián Palacin: Lima debió tener la 2da pista y el nuevo terminal del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez este 2020

Votantes de Lima por el número 7 del Lápiz de Perú Libre, defenderán el futuro aeroportuario del Perú frente a los incumplimientos del Concesionario LAP, que hasta la fecha no ha construido la 2da pista, el nuevo terminal de pasajeros y la nueva torre de control en el AIJCH.

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Julián Palacin Gutiérrez, candidato al Congreso de la República del Perú por Lima, con el Nº 7 del Lápiz de Perú Libre

(Aeronoticias) El candidato por Perú Libre Julián Palacin Gutiérrez que va con el Nº 7 del Lápiz por Lima en las elecciones al Congreso de la República del 11 de Abril del 2021, se pronuncio frente al incumplimiento del Concesionario del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez Lima Airport Partners (LAP) de cumplir con el Contrato de Concesión y entregarle al Ministerio de Transportes este mes de Diciembre del 2020 las obras inconclusas; en este caso la 2da pista de aterrizaje del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, la nueva torre de control y el nuevo terminal de pasajeros.

Al respecto expresó que han pasado más de 2 años, desde la fecha en que el gobierno peruano a través del Ex Presidente de la República Martin Vizcarra Cornejo, les entregara el 100% de los terrenos en Octubre del 2018, tiempo suficiente para que cumplan con el Contrato de Concesión y sus adendas.

Los ciudadanos de Lima -dijo- Julián Palacin, necesitamos un Aeropuerto Internacional Jorge Chávez con capacidad para atender 60 millones de pasajeros que es la demanda que posiblemente vamos a necesitar al 2050 y no es posible seguir improvisando y menos aún suspender obligaciones contractuales del Concesionario, utilizando el Covid-19 como un evento de fuerza mayor.

Consideramos que en este 2020 que hubo menos movimiento de aeronaves por el Covid-19 se dieron las condiciones de facilitación para que se aceleren las obras y no para que se detengan.

En defensa de los intereses del Estado Peruano, no estamos de acuerdo con la Carta LAP-GRE-C-2020-298 que invocando la cláusula 13.3 de apoyo al concedente LAP solicita postergación de pago por retribución al Estado hasta Abril del 2024, entre otras medidas para mitigar el impacto económico causado por el Covid, sobre la demanda de pasajeros, sin embargo, no se dice nada sobre la demanda de Transporte Aéreo Nacional e Internacional de carga, en consecuencia, pensamos en Perú Libre que el Estado, debe exigirle a LAP que siga pagando normalmente el 46.51% de la retribución pactada y que cumpla con los compromisos de inversión, sin mas dilaciones o excusas.

En este panorama de posible incumplimiento contractual de LAP, sino se paga la retribución, o se aceptan las medidas de mitigación propuestas, existe el riesgo adicional de que el Estado Peruano incumpla con sus obligaciones de pago o subvención del cofinanciamiento operaciones (PAMO) establecidas en los contrato de concesión del primero y segundo grupo de aeropuertos de Provincias que tanto hemos criticado, y que cuyos importes a favor de estas empresas privadas, que serán mayor a lo habitual, dado que las concesiones cofinanciadas, también han visto una disminución considerable en sus ingresos operativos.

Cabe precisar que la Construcción de la 2da Pista y el nuevo terminal del AIJCH de buena fe y vista las utilidades del Concesionario durante las dos décadas, no pueden estar condicionadas al volumen del trafico y en eso coincidimos con OSITRAN que dicen que en lo que respecta a las proyección de la demanda del AIJCH, si bien son necesarias para un mejor diseño de la capacidad del nuevo terminal, las mismas no resultan determinantes para gatillar la construcción del mismo, toda vez que dicho compromiso de inversión se encuentra expresamente considerada en la Adenda 7del Contrato de Concesión; sin estar sujeto a la condición previa de volumen de trafico o proyecciones de demanda que justifiquen la realización de la inversión.

En conclusión, la construcción del nuevo terminal a partir de la suscripción de la adenda 7 resulta obligatoria, independiente al resultado de las proyecciones de demanda que presente el Concesionario, las cuales servirán para el desarrollo del terminal a futuro, mas o no para definir la exigibilidad de su ejecución. Cabe señalar que el Concesionario debería tener en consideración para el diseño del nuevo terminal y bajo su riesgo, el incumplimiento de los requisitos técnicos mínimos y niveles de servicio establecidos en el Anexo 14 del Contrato de Concesión. Asimismo, se debe tener en cuenta que, la no exigibilidad de cumplimiento de niveles de servicio establecida en la cláusula cuarta de la Adena Nº 7 se daría únicamente mientras se encuentre en construcción el nuevo terminal.

Por último, Julián Palacin candidato al Congreso de La República por el partido del Lápiz Perú Libre con el Nº 7 por Lima, pidió al Ministerio de Transportes que defienda los intereses de Estado peruano y no permita mas incumplimientos y postergaciones al Contrato de Concesión y adendas del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, LAP debe entender que su comportamiento contractual, perjudica el futuro aeroportuario del Perú y que no puede invocar una supuesta fuerza mayor por Covid-19 para incumplir obligaciones contractuales que se pactaron cuando se firmo e Contrato de Concesión el 14 de febrero del 2001, el Perú necesitaba una segunda pista, y un nuevo terminal de pasajeros y 40 rampas de estacionamiento para aeronaves y hoy no las tiene, y si seguimos con dilaciones e incumplimiento de inversión, llegaremos al 2050 igual, en consecuencia necesitamos que el MTC exija que se cumpla el Contrato de Concesión.

Han pasado 20 años y el Concesionario LAP no ha cumplido, en consecuencia le corresponde al MTC decirle, inviertes, cumples el Contrato de Concesión, no queremos más dilaciones y sino pedimos arbitraje para resolver el Contrato y tendría que asumir la explotación de nuestro primer terminal aéreo la Corporación Peruana de Aeropuertos de Aviación Comercial CORPAC hasta conseguir otro postor……….en fin…., los concesionarios deben entender que deben de cumplir con sus obligaciones contractuales de inversión y pago de retribución pactada con el Estado y sino el Estado Peruano debe actuar con toda serenidad y resolverles el Contrato y exigirles una indemnización de daños y perjuicios por incumplimiento contractual.

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