Julian Palacin pide a Ángel Sánchez, Presidente de la Federación de Periodistas, que no le mienta al país.

Presidente de la Federación de Periodistas publica información FALSA con la intención de no cumplir el Código de Ética de la Ley 28278 Ley de Radio y Televisión.

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(Aeronoticicas) Los periodistas tienen que actuar con ética profesional y no mentir como lo ha hecho Ángel Sánchez Presidente de la Federación de Periodistas del Perú, al afirmar con falsedad que nuestra carta de queja E 231141-2021, al Ministerio de Transportes por violación del Código de Ética de la prensa peruana sería una falta de respeto a la libertad de expresión y libertad de prensa. -dijo el Jurista, la libertad de Prensa está sometida al Código de Ética que Sánchez no quiere cumplir y por eso se victimiza, pretendiendo desorientar a la opinión pública.

En el Perú como en todos los países democráticos del mundo, existe una Ley de Prensa, en nuestro caso es la 28278 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo 005-2005-MTC que ha sido reglamentada con el Código de Ética del MTC 586-2021-MTC que el Presidente de la Federación de Periodistas, Ángel Sánchez quiere evadir para no sancionar a aquellos periodistas que con noticias falsas y difamatorias, violan la ética periodística y destruyen el honor y la honra de las personas y lo peor es que deniegan el derecho de rectificación constitucional y esto debe regularse administrativamente en el MTC multas en el proceso administrativo sancionador, porque es una clara violación a los derechos humanos, que en nuestros medios sucede todos los días, ya que los periodistas como otros profesionales tiene que respetar la Ley y el Código de Ética, sus víctimas sufren daño moral y muchas veces se le destruye su vida y la de sus familias, y no puede ser que se viole su derecho constitucional a la rectificación, el sistema avasalla a los seres humanos y eso va a cambiar.

Nosotros sostenemos jurídicamente que todos los canales de televisión y todos los periodistas del Perú deben respetar la Ley 28278, Ley de Radio y Televisión y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo 005-2005-MTC y por el Código de Ética, Resolución Ministerial 586-2021-MTC-01 publicado el 22 de Junio del 2021 en el Diario Oficial El Peruano.

Los periodistas honestos que son el 99.9% son reserva moral de la democracia del país, honran a esta profesión y jamás nadie les va a cuestionar su Ética profesional, pero aquellos que utilizan el periodismo para difamar, extorsionar, comprar testigos falsos, prestarse a campañas malévolas para destruir la honra de las personas, extorsionar violando el Código de Ética de la prensa peruana, deben de ser sancionados y los accionistas dueños de los canales, deslindar de ellos porque después les puede alcanzar la responsabilidad civil solidaria, en fin, el Código de Ética periodístico del MTC es fundamental y rige en todos los países del mundo y aquí en el Perú no lo podemos dejar de lado, como pretende Ángel Sánchez, Presidente de la Federación de Periodistas del Perú, que tienen que entender que la Libertad de Prensa convive con el Código de Etica y que el no puede confundir, ni tratar de confundir a la población con su tesis falsa que pretenda que no se sancione a un periodista cuando viola la Ética y destruye moralmente la vida de las personas.

Al respecto, en el Artículo 5 del Código de Ética del Ministerio de Transportes del Perú, se establecen las obligaciones y la responsabilidad social de los servicios de radiodifusión, en donde se regula que los contenidos deben respetar a la persona y su dignidad y que su prestación se rige por los siguientes principios obligatorios:

  1. La Defensa de la persona y el respeto a su dignidad, en especial la defensa de los derechos, la libertad y dignidad de las personas víctimas de violencia o discriminación.
  2. La libertad de expresión, de pensamiento y de opinión
  3. El respeto al pluralismo informativo, político, religioso, social y cultural.
  4. La defensa del orden jurídico democrático, de los derechos humanos fundamentales y de las libertades consagradas en los tratados internacionales y en la Constitución Política del Perú.
  5. La libertad de información veraz e imparcial.
  6. El fomento de la educación, cultura y moral de la Nación.
  7. La protección y formación integral de los niños y adolescentes, así como el respeto de la institución familiar
  8. La promoción de los valores y la identidad nacional
  9. La responsabilidad social de los medios de comunicación.
  10. El respeto al Código de Normas Éticas.
  11. El respeto al honor, la buena reputación y la intimidad personal y familiar.
  12. El respeto al derecho de rectificación.
  13. La valoración positiva de la diversidad cultural y la no discriminación

En consecuencia, cuando se viola la Resolución Ministerial 586-2021-MTC-01 que es el Código de Ética del MTC que rige la actividad de Radio Difusión de todos los canales de televisión, las víctimas de informaciones falsas a quienes algunos medios de comunicación nunca les reconocen el derecho de rectificación constitucional, tienen el derecho de presentar una Queja al Ministerio de Transportes y este sector está en la obligación de abrir una investigación y proceso administrativo y esto es lo que se ha pedido con la Queja E-211141-2021 presentada el 9 de julio del 2021 al MTC, firmada por el Presidente electo Pedro Castillo y su Abogado Julian Palacin Fernández, el medio de comunicación cuestionado tendrá que respaldar con medios probatorios la veracidad de sus informaciones y de esta forma si se defiende la democracia con una Libertad de Prensa, para que no difame ni destruya el honor de las personas y cumpla los medios de comunicación con el Código de Ética de la Prensa Peruana.

https://gestion.pe/peru/politica/ipys-rechaza-carta-enviada-al-mtc-firmada-por-pedro-castillo-para-sancionar-a-willax-nndc-noticia/?outputType=amp&__twitter_impression=true&s=08

En consecuencia no se puede confundir el derecho de las víctimas de difamación de los medios de comunicación -canales de televisión- con la Libertad de Prensa, esta esta sometida al Derecho de Rectificación y a otras obligaciones que no se cumplen y no es ético distorsionar nuestra posición jurídica.

Nosotros defendemos los derechos humanos contra las víctimas de difamación por parte de aquellos medios de comunicación que no quieran cumplir el Código de Ética vigente y que obliga a todos los medios de comunicación. 

Fuente: Plana Periodística

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