LEY DE CÓDIGO DE CONSUMO PERUANO ES IMPRESCINDIBLE

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Ante el anuncio inminente del Decano del Colegio de Abogados de Lima, Dr. Walter Gutiérrez, de que en breve el CAL. presentará un proyecto de Ley de Código de Consumo, el abogado Jorge Bustamante Yactayo, manifestó que es necesario legislar al respecto por cuanto los consumidores prácticamente se encuentran desprotegidos ante los excesos y abusos que cometen las entidades Financieras y Bancarias; ya que en la actualidad el 98 por ciento de los reclamos relacionados a créditos de consumo no son resueltos de manera armoniosa y muchas veces se cometen abusos en contra de los consumidores quienes quedan desprotegidos por el cobro excesivo de intereses, pagos de castigo, gastos administrativos, judiciales y moras que son cobradas por dichas entidades prácticamente a su libre albedrio y sin un control adecuado por parte de la Superintendencia de Banca y Seguros.
LEY DE CÓDIGO DE CONSUMO PERUANO ES IMPRESCINDIBLE
Asimismo, en el sector de servicios, como por ejemplo aeroportuarios, eléctricos, de agua y saneamiento, educativos, etc.  Si bien tienen cierto control de Organismos Públicos Descentralizados como INDECOPI, OSINERGMIN, SUNASS y otros, sin embargo, no son adecuados porque en muchos casos no actúan con la suficiente autonomía e independencia que requieren para hacer cumplir la ley, ya que sus funciones entre otras son velar porque se preste un servicio idóneo y de Protección al Consumidor en el caso de INDECOPI y en otros  casos como OSINERGMIN y SUNASS además deben de normar, regular, fiscalizar y supervisar la función de la prestación de los servicios; funciones que lamentablemente no cumplen a cabalidad por la falta de independencia y autonomía de dichos  Organismos.
También afirmó el Dr. Bustamante, que en el caso de las tarjetas de créditos, existe un constante aumento en los reclamos por parte de los usuarios y consumidores por cuanto en muchos casos, en sus estados de cuentas, no se precisan con exactitud sus operaciones realizadas y/o se les atribuyen operaciones no realizadas, e intereses no pactados; situación que el Estado peruano debe de regular a través del Código de Consumo, por cuanto no se puede amparar el abuso de derecho, además la ciudadanía en general necesita que la prestación de servicios públicos sea acorde con los avances tecnológicos, respetando siempre los derechos del consumidor y otorgando un servicio idóneo.

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