(Aeronoticias) El Presidente de Indecopi, Julián Palacin Gutiérrez, solicitó a la Oficina de Control Institucional (OCI) del Indecopi, un procedimiento de evaluación y fiscalización de las Declaraciones Jurada de Intereses de los vocales y comisionados designados en gestiones anteriores, especialmente durante el Gobierno de PPK y el premierato del señor de Zavala, que podrían estar incursos en posibles conflictos de intereses.
Motivó esta decisión la emisión de la Resolución 0134-2021/SDC-Indecopi, Expediente 205-201-CCD de la Sala especializada en defensa de la competencia del Tribunal de Indecopi, integrada por Silvia Hooker, también Gerenta de Asuntos Internacionales de la Sociedad Nacional de Industria (SNI), que decidió levantar la multa al considerar que la Ley peruana y el Manual de Advertencias Publicitarias “no precisan parámetros para las grasas trans” y que en su lugar aplicó lineamiento de la administración de alimentos y medicamentos de los Estados Unidos, afectando la imagen de Indecopi por supuesto desconocimiento de las leyes peruanas”.
Esta situación ameritó que el Presidente de Indecopi, Abogado Julián Fernando Palacín Gutiérrez, expresó que “si bien las Salas son autónomas de acuerdo a Ley y me impiden pronunciarme sobre el fondo de la controversia, eso no me imposibilita tener mi propio criterio por mi formación jurídica y especialmente en materia de derecho internacional que me eximen de mayores comentarios”.
Cabe agregar que, aunque la Resolución cuestionada se expidió cuando ni siquiera había culminado mi proceso de transferencia, 5 días después de haber asumido la función el 21/09/2021”, eso no ha impedido que al enterarme de esta decisión halla requerido información respecto a dicha decisión a pesar de que no soy competente para modificar o anular las decisiones emitidas por los órganos Resolutivos. Como resultado de esta información recabada, encontré que ya existiría, de acuerdo a la Ley 27815, Código de Ética de la Función Pública, una denuncia por conflicto de intereses que viene siendo materia de evaluación por la Secretaria Técnica de los Órganos Instructores de la PCM, la cual solicitaré que se investigue y concluya en el menor plazo posible, con el propósito de proceder a imponer la sanción que corresponda de acuerdo a Ley”.
Asimismo, he dispuesto, a propósito de la denuncia consignada en el Diario la Republica, que también se remita esta nueva denuncia a la Secretaría Técnica de los Órganos Instructores de la PCM, para que proceda en el marco de sus competencias a determinar las posibles responsabilidades administrativas a que hubiere lugar.
Ver nota del Diario La República “Indecopi retira sanción a Bimbo amparándose en normas FDA y desconociendo leyes peruanas”
Al respecto, el Presidente de Indecopi, Julián Palacin Gutiérrez señaló que, al parecer, “los Consejos Directivos de Indecopi que lo precedieron desde el 2017 (especialmente durante la gestión del Gobierno de PPK y el premierato del señor Zavala Lombardi, una política del “gato del despensero”, al emitir las Resoluciones Supremas de servidores públicos por 5 años en Indecopi que desde las Salas y Comisiones podría estar expidiendo Resoluciones en las que se podría evidenciar que estarían siendo juez y parte, lo cual no permitiré en mi gestión”.
Ver Resolución Suprema N° 131-2017-PCM el 25 de agosto del 2017
Ver nota del Diario Aeronoticias “PPK y Zavala Lombardi nombraban por 5 años en las Salas Indecopi, a Gerente del SNI que votaba a favor de sus asociados”
Julián Palacin Gutiérrez, Presidente de Indecopi, expresó que conforme a lo estipulado en la Ley Nº 31227, respecto a la facultad que tiene la Contraloría General de la Republica de Fiscalización y Sanción de la Declaración Jurada de Intereses de Autoridades, Funcionarios y Servidores Públicos, “pedirá a la Contraloría General de la República y al Órgano de Control Institucional de Indecopi, que inicien un procedimiento de evaluación y fiscalización de todas las designaciones realizadas durante los Gobiernos anteriores, a fin de determinar si existen Vocales o Comisionados que podrían incurrir en conflictos de interés por mantener nexos con empresas u organizaciones que tendrían particular interés en las decisiones que se adoptan en los órganos resolutivos del Indecopi, como sería el caso reseñado por el Diario La República, respecto de la Vicepresidenta de la Sala Especializada en Defensa de la Competencia de Indecopi, Silvia Hooker, quien habría resuelto el caso Bimbo, siendo además Gerenta de la Sociedad Nacional de Industrias (SNI), que a la vez tendría como asociados a empresas privadas que tienen procesos en Indecopi”.
Cabe precisar que, es de competencia de la Contraloría General de la Republica determinar las posibles responsabilidades Administrativas, Civiles y Penales en caso corresponda.
El Presidente de Indecopi consideró que la Contraloría tiene todas las facultades para investigar que estas posibles incompatibilidades que violarían los artículos 1 y 6 de la Ley 27815 y demás concordantes, con posibles implicancias penales, situación que lo lleva a comprender las razones por las cuales algunos grupos de poder, a través de los medios de comunicación, iniciaron una campaña para defender estos intereses privados contra los consumidores, debido a que sabían que como Presidente del Indecopi no permitiré la política del “gato despensero”. Es decir, el nombramiento a la carta que hicieron mis antecesores de Vocales que a su vez trabajarían directa o indirectamente, para el sector Privado que tiene controversias que resolver en los Tribunales de Indecopi”.
Por otro lado, se tiene conocimiento que sostendría reuniones con Vocales del Tribunal del Indecopi para que, ante la problemática planteada en los medios de comunicación, evalúen uniformizar un criterio a través de un precedente de obligatorio cumplimiento, a fin de que las decisiones que adopten en la llamada Doctrina de los Resoluciones, siempre estén dentro del marco legal vigente y en favor de los consumidores que somos todos los peruanos.
Además agregó, que ha dispuesto que se efectúen las acciones necesarias a fin de contar que un marco legal idóneo que permita que el acceso a los cargos de Vocales y Comisionados, se efectúe por concurso Público y que su desempeño sea a tiempo completo (ya no dietarios), con lo cual se evitaría potenciales conflictos de intereses por parte de los Vocales y Comisionados.
El pueblo peruano debe entender y comprender la importancia de realizar una reingeniería en el Estado para luchar contra los servidores públicos que también trabajan para el sector Privado y que además podrìan estar detrás de campañas difamatorias contra los Funcionarios Públicos, que luchan contra la corrupción. En este caso, el Presidente de Indecopi, trascendió que estaría dispuesto a combatir la corrupción y estas practicas de nombrar a representantes de las empresas en algunas de las Vocalias de los Tribunales, eso explicaría el caso de las grasas trans que tapan las arterias que originan los infartos al corazón, se deberá respetar la verdadera autonomía técnica de una institución como el Indecopi que tiene que garantizar el libre mercado y la defensa de los consumidores.
Por último trascendió, que se inicia una nueva etapa histórica en el liderazgo de una Indecopi, honesta al servicio de los consumidores, de la libre competencia y de la protección de la propiedad intelectual, razón por la cual se invocó a las asociaciones de consumidores que pongan de conocimiento de esta Presidencia los casos de posibles conflictos de intereses con los medios probatorios para correr traslado a la PCM. De esta manera se podrán iniciar los procedimientos administrativos disciplinarios correspondientes cuando hubiera lugar, determinando si existe connotación penal, ya que en mi gestión no se permitirán estos conflictos de intereses de servidores públicos que tiene que estar al servicio del país y no de los intereses privados.