RPP entrevistó a Julián Palacin por el accidente de aviación del Chapecoense

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(Aeronoticias) Radio Programas  del Perú, a través de los distinguidos periodistas Luis Gómez y Patricia del Rio entrevistaron a las 7 am del día de hoy miércoles 30 de noviembre del 2016 al Presidente de la Comisión de Derecho Aeronáutico del Colegio de Abogados de Lima, Julián Palacin Fernández.

El especialista en Derecho Aéreo Internacional sostuvo, que la aeronave siniestrada BAe 146 en la que fallecieron más de 71 personas entre jugadores y dirigentes del Club de fútbol brasilero Chapeconese, era un jet británico de 4 reactores turbofan RJ85 (BAe 146-200), que se fabricó entre 1983 y 2002, y es conocido con el sobrenombre de Jumbolino entre los piltos de Lufthansa por ser una versión en miniatura de la aeronave Jumbo.

Sostuvo, que existe responsabilidad en el explotador de la aeronave, en este caso la compañía venozolana boliviana Lamia, y será la Comisión Investigadora de Accidentes de Aviación de la DGAC de Colombia quien tendrá que expedir el documento público en la que se conocerán las causas probables del accidente de aviación, para lo cual el hallazgo de la caja negra, ha sido de vital trascendencia para encontrar la verdad.

Podría existir responsabilidad del Estado brasileño –dijo- si se comprueba que violando el Artículo 5 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional o Convenio de Chicago de 1944, la ANAC de Brasil se hubiera opuesto a un chárter en la ruta razonablemente directa, que era Sau Paulo-Medellín-Sao Paulo y no Sao Paulo-Santa Cruz-Medellín.

Explicó que el BAe 146 puede volar con 2 turbinas en su versión modernizada y si hubo una falla técnica es muy improbable que se le paren los 4 reactores, entonces hay que explorar también la posible falla humana y para ello nos preguntamos ¿los pilotos habían pasado su chequeo en simuladores y habían aprobado la simulación de emergencias?, ¿los técnicos de la DGAC de Bolivia habían hecho su trabajo, inspeccionado la aeronave y ordenando el cambio de partes, piezas y repuestos supuestamente vencidos? Todo esto se tendrá que investigar, hubo negligencia en el control de tránsito aéreo de Colombia, o ¿se le dio a la aeronave la asistencia que requería en un aterrizaje de emergencia?

En la Comisión de Derecho Aeronáutico del Colegio de Abogados de Lima (CCDACAL), hemos desarrollado la doctrina jurídica de que “nadie contrata su propia muerte” y contra lo que dicen los instrumentos internacionales y las leyes internas de los Estados que tratan de encasillar estos siniestros dentro de la responsabilidad contractual para limitar la responsabilidad en el Perú, nuestra Doctrina que es aceptada internacionalmente, opina que estamos ante un típico caso de responsabilidad extracontractual basado en estos principios ya que el origen del año es el acto ilícito, por lo tanto las indemnizaciones a los herederos de las víctimas de este accidente de aviación superarán los montos del Convenio de Montreal, sostuvo.

Asimismo, reiteró que los dirigentes del Chapecoense pudieron levantar el teléfono y consultar con un Estudio Jurídico de Brasil especializado en Derecho Aéreo para recibir consejo en la transportación aérea, en razón a que en las rutas internacionales de América Latina el 99% de ellas son cubiertas por Airbus, Boeing y Embraer, en consecuencia fue una irresponsabilidad, inclusive de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) contratar este mismo avión transaportando a Leonel Messi y la selección argentina, no reviste el menor análisis son aviones antiguos que ya no se fabrican, en consecuencia por más que exista stock de repuestos, yo preferiría a un Airbus, Boeing o Embraer, por lo que en todo caso esta mala decisión hoy ha puesto de luto a la aviación y al fútbol mundial.

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