Según una ONG solo vehículos que son asignados a 3 autoridades pueden tener escolta

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(Aeronoticias).-Por ley, solo tres autoridades pueden tener una escolta policial que les libere el camino cuando se desplazan por las distintas vías de la capital, según indica el director de la ONG Luz Ámbar, Luis Quispe Candia.

En declaraciones a una emisora local, el experto en temas de tránsito explicó que estos funcionarios son el presidente de la República y los titulares del Congreso y del Poder Judicial.

«La Ley 27200 establece quiénes tienen derecho a usar las señales audibles y visibles. Y los que tienen derecho a usar estas señales son los vehículos de emergencia, patrulleros, ambulancias, motobombas y Serenazgo«, refirió.

«Sobre los vehículos oficiales, la ley señala los vehículos asignados al presidente de la República, al presidente del Congreso y los vehículos de presidente de la Corte Suprema. Solamente estas tres autoridades tienen derecho a utilizar las señales audibles y visibles para abrirse paso en el tránsito», agregó.

Quispe Candia explicó que un artículo de la mencionada ley contempla que los jefes de Estado o dignatarios que visiten el Perú en visita oficial también pueden tener comitiva.

En vista de ello, explicó que, según ley, las comitivas deben ser resguardadas por efectivos de la Policía. «No puede haber escoltas del Ejército ni la Marina ni el Serenazgo. La Policía Nacional abre el paso y solo estas tres autoridades tienen esta prerrogativa», acotó.

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