Vigilancia ADS-B en Aeropuerto de Chinchero afectará al narcotráfico internacional

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(Aeronoticias).- El Presidente del Instituto Peruano de Derecho Aéreo IPDA Julián Palacin Fernández quien preside la Comisión de Derecho Aéreo del Colegio de Abogados de Lima (CAL), expresó que los críticos de su posición, que se oponen a la construcción del aeropuerto de Chinchero no conocen el nuevo sistema de vigilancia multilateralización ADS-B que permite vía GPS la localización de aeronaves que violan el espacio aéreo y que se dedican a las ilícitas actividades del narcotráfico internacional. Sostuvo que el tráfico de drogas en un delito contra el derecho internacional y recordó que el Instituto Peruano de Derecho Aéreo IPDA, de su presidencia, en una reunión con el Instituto de Derecho Aeronáutico y Espacial y de las Telecomunicaciones de Córdoba en 1986, consideró que la necesidad de que los Estados firmen un convenio internacional para la represión del aeronarcotráfico. La doctrina peruana de Derecho Aéreo a través del IPDA y el Instituto de Derecho Aéreo de Córdoba, Argentina, propusieron el siguiente texto de proyecto para el Convenio:

  • I. El espacio aéreo es frontera común a todos los Estados. De ello se sigue que plantea problemas, de cara a este delito, diferentes que en tierra o en mar.
  • II. El tráfico de drogas es un delito contra el Derecho Internacional, ya que implica la quiebra del orden jurídico nacional en tanto ataca el cumplimiento de sus fines, y víctima del delito son todos los Estados de la tierra.
  • III. Se tipifica el delito por el contrabando de drogas mediante aeronaves.
  • IV. A la peligrosidad del contrabandista, que al operar con dinero en efectivo, es potencialmente peligroso de corromper conciencias para el logro de sus fines perversos, se suma en este caso el daño verdadero que la droga causa en la humanidad, especialmente en su parte más vulnerable que es la juventud. A todos estos males se suma en la actualidad la modalidad constatada de la estrecha vinculación que se viene dando entre estos delincuentes con otros delincuentes internacionales que son los terroristas.
  • V. Es en estos momentos, en que la comunidad internacional estudia la forma de reprimir el terrorismo internacional, se hace más urgente reprimir también esta modalidad delictiva.
  • VI. En ningún caso el aeronarcotraficante podrá ampararse en motivaciones políticas que pretenden justificar su delito ni recurrir al derecho de asilo.
  • VII. Los Estados firmantes de un convenio en esta materia se deben comprometer a castigar este delito con las penas más severas, según sus legislaciones.
  • VIII. Será competente para juzgar a los delincuentes, a sus cómplices o encubridores, el tribunal del Estado donde éstos sean detenidos.
  • IX. Se presume, juris tantum, que la aeronave con la que se ha cometido el delito está dedicada al aeronarcotráfico. La misma deberá ser decomisada, así como otros bienes que se hubieran utilizado para el comisión de tal delito. El producto del remate de la aeronave será entregado a la Organización de Aviación Civil OACI, a quien se les reconocerá de carácter de parte civil en el proceso.
  • X. El Convenio servirá de base para la extradición de los delincuentes, cómplices o encubridores, a solicitud del Estado de destino del tráfico ilegal de drogas, y si tal Estado no se pudiese determinar, del Estado de matrícula de la aeronave.

Este proyecto de convenio internacional que propuso la Doctrina Peruana de Derecho Aéreo y que fuera publicado por la revista oficial del IPDA, es un documento jurídico histórico que prueba como un tema de actualidad adquiere vigencia hoy más que nunca con el nuevo sistema de vigilancia que se implementaría en el Aeropuerto Internacional de Chinchero y que afectaría potencialmente a los vuelos llamados blancos que realizan pilotos que no trabajan en ninguna línea aérea, y que vuelan a Salta, Argentina, y de allí envenenan a todo el cono urbano de Buenos Aires y de allí al mundo.

Vigilancia y multilateralización, ADS-B en Aeropuerto de Chinchero afectara al narcotrafico internacional

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