El Organismo Supervisor de Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) dispuso hoy que los productores de gas natural tienen la obligación de informar sobre la asignación de volúmenes de gas natural liberado y no liberado, a fin de supervisar el cumplimiento de la prioridad en la entrega de este hidrocarburo. De acuerdo a un decreto de urgencia publicado en febrero del año pasado, la prioridad en la asignación de gas natural destinado al servicio público la tienen los concesionarios de distribución del hidrocarburo.
En segundo lugar las centrales térmicas duales a ciclo combinado que entren en operación antes del 31 de diciembre del 2011, seguido de las centrales térmicas duales de ciclo abierto que empiecen a operar en esa misma fecha. A los dos días hábiles siguientes de concluida cada etapa del proceso de asignación de volúmenes de gas natural, el productor deberá entregar al regulador la información necesaria.
Es así que el productor deberá informar al Osinergmin desde que reciben las solicitudes de gas natural por los interesados, las empresas calificadas y descalificadas, los resultados de la licitación y los contratos de suministro suscritos para la asignación del hidrocarburo. El incumplimiento por parte de los productores en entregar dicha información será sancionado de acuerdo a la escala de multas del regulador.